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Para que me lo aclare MYM

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 5 entradas - de la 1 a la 5 (de un total de 5)
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  • #314548
    aliche74
    Participante

    Test contencioso administrativo número 2 unidad didactica 7
    Pregunta 20.

    Tienen legitimación ante el orden jurisdiccional contencioso administrativo:
    a) El abogado del Estado para inervenir en los procesos que determine la ley
    b) El ministerio Fiscal para intervenir en los procesos que determine la ley
    c) Los letrados de la Comunidad autónoma en los procesos que determine la ley
    d) Todos los mencionados en las respuestas anteriores
    El test dá como respuesta válida la d). Pero no seria la b).

    Test contencioso administrativo número 3
    4. Las Salas de lo Contencioso administrativo de los TSJ conocerán en única instancia dde los recursos que se deduzcan en relación con actos de las Entidades Locales.
    a) por sanciones administrativas superiores a 60.000 euros en materia de tráfico
    b) por sanciones administrativas superiores a 30.005 euros, en materia de juegos
    c) por sanciones administrativas superiores a 60.000 euros, en materia de caza
    d) en ninguno de los casos anteriores
    El test dá como respuesta válida la d) ¿Porqué?
    Test contencioso administrativo número 4
    4. ¿ Quién conocerá de los recursos que se deduzcan frente a los actos de las Entidades locales cuando tengan por objeto sanciones administrativas, que consistan en multas superiores a 60.000 €
    a) Juzgados de lo Contencioso administrativo
    b) Sala 2º del Tribunal Superior de Justicia.
    c) Sala 3º del Tribunal Superior de Justicia.
    d) Ninguna es correcta.
    El test dá como válida la a) ¿ Porqué? Muchas Gracias

    #314549
    MYM
    Participante

    Respecto a la 1º pregunta la correcta es la D) todos están legitimados, puesto que en el orden C-A la administración estará asistida del Abogado del Estado o de la CCAA según los casos.

    Respecto a la 2º pregunta yo creo que sería correctas la A) y la C) al ser sanciones superiores a 60.000 € limite de los Juzgados de lo C-A.

    Respecto a la 3ª pregunta yo creo que conoceria la Sala de lo C-A del TSJ (que no se si es sala 2º o 3º).

    Tanto la pregunta 2º y 3º según el art. 10.1 m, que establece como residual el TSJ cuando no corresponda a otro órgano. No creo que en estos casos tenga competencia el Juzgado Central C-A que tiene ámbito nacional y estas preguntas se refieren a cuestiones locales y autonómicas.

    De todas formas estas competencias con muy complicadas y suelen dar lugar a interpretaciones, esperemos que no nos caiga mucho en el exámen.

    #314550
    JuanRaBM
    Participante

    En referencia a la pregunta 2, la respuesta es correcta; tal como se indica en el articulo 8.1.:

    Artículo 8.
    1. Los Juzgados de lo Contencioso-administrativo conocerán, en única o primera instancia según lo dispuesto en esta Ley, de los recursos que se deduzcan frente a los actos de las entidades locales o de las entidades y corporaciones dependientes o vinculadas a las mismas, excluidas las impugnaciones de cualquier clase de instrumentos de planeamiento urbanístico.

    Si las sanciones que nos indican vinieran de actos administrativos de la Administración de las comunidades autónomas si deberiamos tener en cuenta los limites de cantidad para las sanciones, pero en la pregunta nos indica claramente ENTIDADES LOCALES.

    El mismo planteamiento debemos hacernos para responder la siguiente pregunta, por tanto la respuesta también es correcta.

    Un saludo

    #314551
    J2C2
    Participante

    Buenos días a todos.

    Hay que tener en cuenta que la única excepción para los Juzgados de lo Contencioso en relación con las Entidades Locales se da en los casos de planeamiento urbanístico y disposiciones generales. No os confundan con cuantías ni cosas así. En cuanto aparezcan esas dos palabras, iros al TSJ.

    Otra cosa sería en relación con los órganos de las CC.AA., siempre que no sea el Consejo de Gobierno. En estos casos, el Juzgado será competente en materia de personal (salvo que se refiera al nacimiento o extinción), sanciones y multas (siempre que no superen los 60.000 euros o no excedan de 6 meses, si es otra medida) y reclamaciones en materia de responsabilidad patrimonial (cuando lo que se reclama no exceda de 30.050 euros). Lo que exceda o se refiera a lo que acabo de decir va al TSJ.

    Un saludo.

    #314552
    MYM
    Participante

    Es verdad, las preguntas se refieren a actos de las entidades locales, no de las CCAA en cuyo caso se aplican los límites del art. 8.2 LJCA. No había leido bien la pregunta hay que tener mucho cuidado con eso.

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