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En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 8 entradas - de la 1 a la 8 (de un total de 8)
  • Autor
    Entradas
  • #293020
    Academia Opositas
    Participante

    Hola:

    Tengo una duda y me gustaria que me ayudarais a resolverla:

    En la actualidad ocupo un puesto de ASESOR (PERSONAL EVENTUAL DE LIBRE DESIGNACION) , en un organismo publico…..mi duda es si cuando me llamen para incoporarme a mi trabajo en justicia (acabo de aprobar las oposiciones a agente 2003) puedo pedir una excedencia o algo asi que me permita retrasar esa incorporación hasta que abandone mi actual cargo.

    En caso de que no lo sepais con seguridad me podriais indicar el telefono de algun sindicato o del ministerio de justicia donde puedan resolver mi duda?

    GRACIAS….

    #293021
    pepeolmo
    Participante

    Hola cucos, yo te voy a responder, de acuerdo a lo que en el art. 26.3 del Reglamento de los funcionarios al servicio de la Admon. de Justicia del año 1996, expone lo siguiente:
    En la diligencia de toma de posesión, deberá hacerse constar la manifestación del interesado de no venir desempeñando ningún puesto o actividad en el sector público, tal como exige la Ley Orgánica 1/85, de 18 de enero, de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración de Justicia.
    Espero que te haya aclarado algo de tu duda.
    Saludos. 🙂

    #293022
    Academia Opositas
    Participante

    SI PERO ESO QUE SIGNIFICA ¿qUE PUEDO PEDIR LA EXCEDENCIA O QUE DEBO DEJAR MI CARGO?

    GRACIAS…

    #293023
    Academia Opositas
    Participante

    SI PERO ESO QUE SIGNIFICA ¿qUE PUEDO PEDIR LA EXCEDENCIA O QUE DEBO DEJAR MI CARGO?

    GRACIAS…

    #293024
    pepeolmo
    Participante

    Hola, Cucos, pues a mi parecer significa que deberias dejar ese puesto o que en caso contrario renunciaria al nombramiento de agente.
    Saludos. 🙂

    #293025
    Academia Opositas
    Participante

    o sea que sigo con mi duda, ya que no se si tendré que renunciar a mi actual puesto de trabajo o podre conseguir una excedencia (ya que como es obvio al puesto de agente o auxilio judicial no renuncio ni de coña)

    #293026
    Ju
    Participante

    Hola Cucos:
    Por si te sirve de algo, el Reglamento de Situaciones Administrativas de los funcionarios, en cuanto a la Situación de Servicios Especiales dice:
    j) Cuando sean nombrados para cualquier cargo de carácter político del que se derive incompatibilidad para ejercer la función pública. Será necesario haber sido nombrado para el desempeño en el sector público de un cargo de carácter político, entendiendo por tal el cargo de confianza que no implique una relación profesional de carácter permanente, del que se derive la incompatibilidad para ejercer la función pública y que, conforme a los criterios que establezca el MAP, conlleve responsabilidades directivas o asesoramiento de nivel político.
    En principio parece por lo que dices que puede ser tu caso, de todas maneras este supuesto de Situación de Servicios Especiales está tipifica do para los que ya son funcionarios, creo que lo más seguro sería que te dirigieras al Ministerio e hicieras la consulta.
    Saludos.

    #293027
    Academia Opositas
    Participante

    gracias ju tendre que llamar al ministerio de justica para informarme…..ya os contare

Viendo 8 entradas - de la 1 a la 8 (de un total de 8)
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