Hola Istar,
Pues si, según el EBEP para solicitar la excedencia por interes particular te piden un mínimo de 5 añosde prestación de servicios efectivos en cualquier administración, pero si sigues leyendo te dice que no obstante, las leyes de función pública que se dicten en desarrollo del presente estatuto podrán establecer una duración menor del periodo de prestación de servicios exigido para solicitar dicha excedencia, habra que estar pendientes.
Y en relación a la agrupación familiar, no estable un periodo minimo ni maximo.
Un saludo,