Foros OPOSITAS

Para Angeles:

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #307304
    soler
    Participante

    Estimada Compañera:
    ¿Podrías indicarme si “tachar a un perito” es lo mismo que “recusar a un perito”
    Gracias.

    #307305
    Anónimo
    Invitado

    Aunque no soy Angeles, quizás pueda ayudarte (tú dirás).

    Tacharemos a un perito en aquellos casos en que el informe pericial ya ha sido emitido (aportado por la parte), para hacer saber al órgano judicial que existen causas que puedan hacer “dudar” de su imparcialidad.

    Lo vamos a recusar cuando se trata de peritos judiciales, de designación judicial, con el fin de que no emita el informe.

    V. Arts. 343 y ss. de la Ley 1/2.000 de Enjuiciamiento Civil.

    Saludos.

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  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

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