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8 febrero, 2012 a las 6:04 pm #314528
aliche74ParticipanteTengo un lio con la siguiente pregunta
¿A quién le corresponde hacer los señalamientos de las vistas?
a) al juez o Presidente mediante auto
b) al Secretario Judicial mediante diligencia de ordenación
c) al Magistrado Ponente mediante providencia
d) Son todas falsas
El test dá como válida la b). Según el articulo 182 de la LEC
Mi lio está porque en otros test que no recuerdo se remite al articulo 250 de la LOPJ. Es decir el señalamiento de las vistas corresponde a los Presidentes de Sala y a los de sección. ¿ Cual es la correcta en el test?
En otro test concretamente en la unidad didactica 7 test de repaso 20 pone en la pregunta 18. Conforme a los dispuesto en el art. 182 de la LEC el selameinto de vistas en los órganos colegiado corresponde
a) al Ponente, mediante providencia
b) al Presidente, mediante providencia
c) al Secretario de Sala, mediante diligencia de ordenación
d) al Presidente, mediante auto.
El test dá como válida la c). ¿ Es correcta? Muchas Gracias8 febrero, 2012 a las 6:29 pm #314529
MYMParticipantePues yo tenía el mismo lío que tu respecto al art. 182 LEC, hasta que despues de leerlo varias veces creo que la conclusión es esta:
1.- El señalamiento de la votación y fallo de los asuntos en los que NO SE HAYA CELEBRADO VISTA (es decir por ejemplo para la deliberación de la sentencia) corresponde a los Presidentes de Sala o Sección.
2.- El señalamiento de las vistas: si lo puede hacer en el mismo acto lo hará el Juez o Presidente (por ejemplo en caso de que una vez iniciado el jucio o la vista se tenga que suspender). En los demás casos lo hará el Secretario Judicial.
No obstante, como bien dices si la pregunta se refiere especificamente a la LOPJ el art. 250 dice expresamente “Corresponderá a los Presidentes de sala y a los de sección el señalamiento de las vistas o trámite equivalente y el del comienzo de las sesiones del juicio oral”.
Por tanto en las preguntas que indicas la correcta sería la B) y la C), el señalamiento corresponde al secretario por el art. 182 LEC, si hubiera dicho segun el art. 250 LOPJ sería el Presidente.
Pero claro todo esto es lo que yo creo y yo contestaría.
8 febrero, 2012 a las 6:32 pm #314530
MYMParticipanteAdemás date cuenta que en la primera pregunta que indicas, entre las repuestas no se da la opoción de los Presidentes de sala o sección del art. 250 LOPJ por lo que aunque no lo especifique directamente se está refiriendo al art. 182 LEC, al secretario.
8 febrero, 2012 a las 6:45 pm #314531
aliche74ParticipanteMuchas Gracias mym
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