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En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
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    Entradas
  • #293987
    Academia Opositas
    Participante

    Veamos:

    [b]en la LEC, en el artículo 133 dice;[/b]

    2. En el cómputo de los plazos señalados por días [b][color=red]se excluirán [/color][/b]los inhábiles.

    [b]La LOPJ en el artículo 185 dice;[/b]

    185.- 1. Los plazos procesales se computarán con arreglo a lo dispuesto en el [b]Código Civil.[/b] En los señalados por días [b]quedarán excluidos [/b]los inhábiles.

    [b]En el CC en el artículo 5 dice;[/b]

    2. En el cómputo civil de los plazos [b]no se excluyen [/b]los días inhábiles.

    La LOPJ tiene más valor y peso, primero por ser Ley Orgánica y luego por ser la más reciente (aunque éste artículo en especial no fué tocado).

    Pero claro, la LOPJ dice que será de acuero al CC y el CC dice que NO se excluyen los días inhábiles pero luego la LEC dice que si serán excluídos.

    ¿que me dicen?

    Gracias

    #293988
    Anónimo
    Invitado

    Hola de nuevo. Hazle caso a lo dispuesto en la LOPJ en el precepto que transcribes.
    Buenas noches.

    #293989
    Academia Opositas
    Participante

    Gracias Bg.

    😥

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