Tomamos nota de vuestra sugerencia y en breve dispondreis de ese organigrama en vuestra zona privada, “material de apoyo”.
En cuanto a la pregunta, os incorporo lo que al respecto refieren nuestros temarios, basado en la Ley 50/81 de 30 de diciembre que aprueba el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.
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La Junta de Fiscales de Sala se constituirá, bajo la presidencia del Fiscal General del
Estado, por el Teniente Fiscal del Tribunal Supremo, los Fiscales de Sala, el Fiscal Inspector
Jefe y el Fiscal Jefe de la Secretaría Técnica, que actuará de Secretario.
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