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ORDEN DE 24 DE ENERO. Adjudicación de destinos Oficiales2003

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    Y por último, aquí os dejo la Orden que será publicada en el BOE respecto a los destinos de los Oficiales de la convocatoria del 2003.
    Esperamos que os sea de utilidad.

    ORDEN DE 24 DE ENERO DE 2005 del Ministro de Justicia por la que se otorgan destinos a los funcionarios del Cuerpo de Oficiales de la Administración de Justicia (turnos promoción interna y libre), integrados en el Cuerpo o Escala de Gestión Procesal y Administrativa, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/1424/2003, de 27 de mayo, en el ámbito de Península y Baleares.

    De conformidad con lo establecido la Disposición Transitoria Sexta de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/85, de 1 de julio, del Poder Judicial , así como con el art. 23 del Reglamento Orgánico de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Admon. de Justicia, aprobado por Real Decreto 249/96, de 16 de febrero, este Ministerio de Justicia ha resuelto adjudicar destinos en los órganos judiciales que se relacionan en Anexo I a los funcionarios del Cuerpo de Oficiales de la Admon. de Justicia (turnos promoción interna y libre), nombrados e integrados en el Cuerpo o Escala de Gestión Procesal y Administrativa por Orden de 24 de enero de 2005, teniendo en cuenta para ambos turnos lo siguiente:
    Primero.- Los Oficiales de la Administración de Justicia, integrados en el Cuerpo o Escala de Gestión Procesal y Administrativa, a los que se les otorga destino, deberán tomar posesión de su cargo dentro del plazo de veinte días naturales contados desde el siguiente al de la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del Estado, de acuerdo con lo establecido en el art. 24 del Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero, no resultando retribuido el plazo posesorio, ya que según dispone la normativa en materia de nóminas,durante el primer mes se devengarán por días las retribuciones correspondientes al nuevo Cuerpo en el que se ingresa.
    Segundo.- Los funcionarios interinos que actualmente ocupen plazas que han sido adjudicadas a los aspirantes aprobados, cesarán el mismo día en que se produzca la toma de posesión del titular.
    Tercero.- En cumplimiento de la legislación sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración Pública (Ley 53/1974, de 2 de diciembre), aplicable al personal al servicio de la Administración de Justicia, en virtud de los artículos 79 y concordantes del vigente Reglamento Orgánico (Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero), aquellos aspirantes que ostenten ya la condición de funcionarios públicos deberá manifestar opción en el acta de toma de posesión.
    Cuarto.- Los Oficiales de la Admon. de Justicia, integrados en el Cuerpo o Escala de Gestión Procesal y Administrativa, a los que se otorga destino en virtud de esta Orden, no obstante haber sido destinados con carácter forzoso por el orden de calificación según sus preferencias, no podrán participar en concurso de traslados hasta que transcurra un año desde que fueron destinados, de acuerdo con lo establecido en el artículo 57.c) del Reglamento Orgánico.
    Quinto.- Las plazas ofrecidas a los aspirantes mediante Orden JUS/3857/2004, de 10 de noviembre (BOE 25-11-2004), no adjudicadas en la presente Orden, mantienen su condición de desiertas.
    Los nombrados por el turno de promoción interna deberán tener en cuenta, además, las siguientes observaciones:
    Primera.- En caso de que los Oficiales de la Admon. de Justicia, integrados en el Cuerpo o Escala de Gestión Procesal y Administrativa, de nuevo ingreso, quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la Administración de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar al Presidente, Juez, Fiscal o Jefe del Organismo de su destino actual, un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad, o de dos en caso contrario, salvo aquellos que hayan de desplazarse desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días para posesionarse de su nuevo cargo (art. 66.1.g del Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero).
    Segunda: Cuando un funcionario del cuerpo de Auxiliares de la Administración de Justicia, integrado en el Cuerpo o Escala de Tramitación Procesal y Administrativa, acceda al cuerpo de Oficiales de la Administración de Justicia, integrado en el Cuerpo o Escala de Gestión Procesal y Administrativa, y desee permanecer en activo en el cuerpo de origen y en situación de excedencia en aquel al que accede, deberá manifestar esta opción en el acta de toma de posesión, regresando a continuación a su destino de origen. Copia del acta de toma de posesión, opción y cese será remitida por el Secretario del órgano judicial correspondiente a la Gerencia Territorial y a la Subdirección General de Medios Personales al servicio de la Administración de Justicia de este Ministerio, siéndole concedida la excedencia de oficio en el nuevo cuerpo.
    Tercera.- En caso de no manifestar la opción citada se entenderá que optan por el nuevo puesto, y la Gerencia Territorial correspondiente, dentro de su ámbito territorial, les concederá la excedencia de oficio en el cuerpo de Auxiliares de la Administración de Justicia, integrado en el Cuerpo Escala de Tramitación Procesal y Administrativa, en cuyo destino se les tendrá por cesados de forma automática con la misma fecha en que se produzca la toma de posesión en el cuerpo de Oficiales (Cuerpo o Escala de Gestión), al objeto de evitar interrupción en la percepción de sus haberes. Copia de dicha acta de posesión y opción será remitida por el Secretario del órgano judicial correspondiente a la Gerencia Territorial y a la Subdirección General de Medios Personales y al órgano judicial de origen.
    Contra la presente Orden podrán los interesados interponer recurso potestativo de reposición ante este Ministerio en el plazo de un mes, o contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
    Lo que comunico a V.I para su conocimiento y demás efectos.
    Madrid, a 24 de enero de 2005. – El Ministro de Justicia.- P.D. (Orden JUS /1825/2003, de 26 de junio). – El Director General de Relaciones con la Administración de Justicia.- Ricardo Bodas Martín.- Ilma.Sra.Subdirectora General de Medios Personales al servicio de la Administración de Justicia.
    INSERTESE EN EL BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO
    Madrid, a 24 de enero de 2005.
    EL DIRECTOR GENERAL DE RELACIONES
    CON LA ADMON. DE JUSTICIA
    Fdo.: RICARDO BODAS MARTIN

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