Foros OPOSITAS

Notificaciones

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #320605
    Elenita33
    Participante

    Hola compis,

    ¿alguien sabe cómo son las notificaciones para las personas jurídicas? Me refiero al régimen que siguen y los artículos en los que están regulados ( lec , lopj etc…)

    Muchas gracias de antemano.

    Elenita.

    #320606
    sirebcn
    Participante

    Hola Elenita,

    Si te refieres a los actos de comunicación con las partes aun no personadas o no representadas por procurador. Domicilio.(Artículo 155 de LEC)

    Si la demanda se dirige a una persona jurídica, podrá igualmente señalarse el domicilio del que aparezca como administrador, apoderado o gerente de la empresa mercantil, o presidente, miembro o gestor de la junta de cualquier asociación que apareciere en un Registro oficial.

    Y una vez comparecido podrá designar para sucesivas comunicaciones un domicilio distinto.

    Saludos,

    #320607
    Elenita33
    Participante

    Hola, muy buenos días Sirebcn

    de acuerdo, muchas gracias. Ya lo veo.

    Saludos,

    Elenita.

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

APRUEBA TU OPOSICIÓN CON OPOSITAS