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Foros OPOSITAS

NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN QUE DECLARE REBELDÍA

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #318834
    LN30
    Participante

    Buenas noches, según el articulo 497 de la LEC, si el domicilio del demandado rebelde no fuera conocido se le notificará por medio de edictos. Mi duda es: estos edictos se publicarían en el tablón de anuncios de la Oficina Judicial no?, es que en el artículo no se hace mención a su publicación. A ver si alguien me pudiera contestar, me parece que es un articulo un tanto incompleto. Gracias. Saludos.

    #318835
    aliche74
    Participante

    Hola LN30. Yo pienso que estás en lo cierto aunque no se diga nada en la Lec, por analogia se aplica el articulo 164 de LEC.

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  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

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