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Foros OPOSITAS

MEDIDAS DE ASEGURAMIENTO DE LA PRUEBA

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #316130
    sdelgado
    Participante

    Hoy he estado dandole una vuelta a los priimeros artículos de la prueba civil y en la parte de aseguramiento de la prueba, me ha parecido encontrar ciertas similitudes con la traba de los embargos… ¿Puede darse el caso que algunas pruebas se aseguren “de la misma manera” que la traba de ciertos bienes embargados?

    Gracias por adelantado.

    #316131
    Anónimo
    Invitado

    Ciertamente, Santi, hay que adoptar medidas de garantía para que la prueba “perdure” hasta el momento procesal correspondiente

    En cierta medida, podríamos considerar que algunas de dichas medidas de garantía son coincidentes con las que se adoptan en la ejecución

    Nos alegra volver a leerte por el foro

    Saludos.

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  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

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