Foros OPOSITAS

LOPJ 301

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #293924
    Academia Opositas
    Participante

    Hola chicos,

    No sé si esto se ha preguntado antes,
    lo he buscado en el “buscador del foro” pero no aparece.
    Por si he buscado mal me disculpo por adelantado.

    Justo en el artículo 301.7 nos dice que el Ministerio de justicia, en colaboración, en su caso, con las comunidades autónomas competentes, podrá instar del (¿que significa éste “del” que viene o que vá al CGPJ?) Consejo General del Poder Judicial la convocatoria de las oposiciones, concursos y prubas selectivas de promoción y de especialización necesarios para la cobertura de las vacantes existentes en la plantilla de la Carrera Judicial.
    Iguales facultades que el Ministerio de Justicia, ostentarán las comunidades autónomas con competencias en la material.

    Veamos;

    Si ese “del” significa que;

    El Ministerio de Justicia podrá “proponerle” al CGPJ convocatoria de oposiciones, etc.

    Entonces debemos entender que las CCAA con competencias en la materia podrá “DIRECTAMENTE” proponer al CGPJ convocatoria de oposiciones.

    ¿ustedes que opinan?

    Muchas gracias

    #293925
    Anónimo
    Invitado

    Hola JJ, efectivamente pueden instar al Consejo la convocatoria de oposiciones, tanto el Ministerio como las CCAA.
    Como siempre, genial tu forma de estudio. Vamos bien.

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