Hola chicos,
No sé si esto se ha preguntado antes,
lo he buscado en el “buscador del foro” pero no aparece.
Por si he buscado mal me disculpo por adelantado.
Justo en el artículo 301.7 nos dice que el Ministerio de justicia, en colaboración, en su caso, con las comunidades autónomas competentes, podrá instar del (¿que significa éste “del” que viene o que vá al CGPJ?) Consejo General del Poder Judicial la convocatoria de las oposiciones, concursos y prubas selectivas de promoción y de especialización necesarios para la cobertura de las vacantes existentes en la plantilla de la Carrera Judicial.
Iguales facultades que el Ministerio de Justicia, ostentarán las comunidades autónomas con competencias en la material.
Veamos;
Si ese “del” significa que;
El Ministerio de Justicia podrá “proponerle” al CGPJ convocatoria de oposiciones, etc.
Entonces debemos entender que las CCAA con competencias en la materia podrá “DIRECTAMENTE” proponer al CGPJ convocatoria de oposiciones.
¿ustedes que opinan?
Muchas gracias