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LOPJ

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 6 entradas - de la 1 a la 6 (de un total de 6)
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    Entradas
  • #293804
    Academia Opositas
    Participante

    Hola chicos,

    El artículo 29 nos dice que la planta de los juzgados será revisada, al menos, cada 5 años, previo informe del CGPJ.

    El artículo 35 nos dice que la demarcación judicial será revisada, cada 5 años o antes, de ser necesario, pero además nos dice que será previo informe del CGPJ, pero con la diferencia de que pone un plazo, 2 meses.

    Mi pregunta es:

    ¿Por qué la diferencia?

    Al no poner plazo en el informe de la planta, se entenderá que se regulará por el artículo 108.2. ¿no?

    ¿ustedes que opinan?

    O será que está regulado en otro artículo y no me doy cuenta.

    Gracias

    🙁
    …. 🙂
    …….. 😀

    #293805
    pepeolmo
    Participante

    Hola, jjdiaz, el plazo de dos meses que figura en el art. 35.3 se refiere al informe que el CGPJ emita sobre el anteproyecto que realiza el Ministerio de Justicia viendo las propuestas hechas por las Comunidades Autónomas en la que se fijan los partidos judiciales, por lo que no tiene nada que ver este artículo con el 29, pero si con el 108.1a) en el que hace referencia al art. 35.
    Espero haberte aclarado tu duda.
    Un Saludo y animo. 🙂

    #293806
    Academia Opositas
    Participante

    Hola pepeolmo, Gracias por ayudarme;

    Efectivamente, el plazo es sólo para el artículo 35 (y en dicho artículo se habla SÓLO de la demarcación judicial)

    Mis dudas son;

    ¿Por qué sólo refleja plazo para la demarcación?

    Yo los asociaba, “demarcación y planta judicial” (como la ley 38/88 )

    Pero … según entiendo … no tienen por que informarse juntos … o si?

    Si se informan juntos … pues 2 meses para informar.

    Si se informan separados ….

    Planta … 30 días … 15 urgente.
    demarcación … 2 meses .. NADA de urgente.

    ¿me explico?

    Estas son mis dudas.

    ¿se informarán separados o no?

    Gracias, pepeolmos.

    #293807
    pepeolmo
    Participante

    Pues yo creo que se informaran por separado, eso me parece a mi, pero espero que Bg, Cr o alguno de los opositores puedan sacarnos de este dilema.
    Un saludo. 🙂

    #293808
    Anónimo
    Invitado

    Cmo dice JJdiaz si se hace la ley a la vez, el informe debería hacerse igualmente conjunto. En cualquier caso, la forma en que habeis depurado el precepto en cuestión os permitirá responder bien una pregunta en ese sentido.
    El lunes en el chat podemos comentarlo más ampliamente.
    Saludos.

    #293809
    Academia Opositas
    Participante

    Gracias Bg

    Me parece muy bien que lo tomemos de referencia para el chat del lunes,
    pero sólo de referencia, no la líes más con preguntitas peligrosas.

    Entonces llegamos a la conclusión de que dicho informe se hará en congunto, pese a las diferencias “expresas” tanto en plazos como en la forma de redactar la LOPJ en este aspecto.

    Muchas gracias a los dos.

    ….:wink:
    ………. 🙄
    …………….. 8)

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