Duda de alumna :
En conciliacion se dice que puede comparecer por procurador, pero ¿¿¿¿si en el examen no dice esto, sino que dice “PUEDE COMPARECER MEDIANTE ABOGADO”, puedo dar esta respuesta por válida????
En el acto de conciliación las partes deberán comparecer por sí mismas o por medio de procurador. En los expedientes de conciliación no es obligatoria la intervención de abogado y procurador.
[color=blue]En el acto de conciliación las partes [u][b]deberán comparecer por sí mismas[/b][/u] [b]o[/b] [u][b]por medio de procurador.[/b][/u]
En los expedientes de conciliación no es obligatoria la intervención de abogado y procurador.[/color]
Un saludo