fbpx

Foros OPOSITAS

La que se me quedó en el tintero

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 5 entradas - de la 1 a la 5 (de un total de 5)
  • Autor
    Entradas
  • #298874
    Academia Opositas
    Participante

    Hola, He visto que ahora está Otxandio, Petal, mariquer69, y demás auxiliadores, por eso os suelto esta dudilla que tenía en el tintero:
    En el simulacro 2 Pregunta 11 (que es similar a una del simulacro 1).En ambas se puede practicar la comunicación con el hijo o con el vecino, pero al comunicarle el lugar de trabajo sonde se encuentra:
    En el simulacro 1 : Se hace constar por diligencia constituyendose el fucionario …
    En el simulacro 2 Se constituye en el lugar de trabajo [b]a petición del ejecutante [/b]
    ¿En que artículo pone que sea a petición del ejecutante?
    Y ¿Si el ejecutante no lo solicita, se practicará con el hijo?

    😡 cry:
    A ver si alguien me contesta y me hago un hueco en esta cabeza¡¡

    #298875
    Academia Opositas
    Participante

    No tengo esos simulacros, así que no sé si hablas de civil o penal… es que sólo tengo la unidad dos. 😳 Lo siento

    #298876
    Academia Opositas
    Participante

    Hola Petal,
    Gracias por responder, es en civil y me remiten al art.162 de la lec, que no tiene nada que ver con lo que pregunto.

    Y los demás, no os animais?

    #298877
    quatro
    Participante

    en el art. 582 LEC referido al reqquerimiento de pago, se establece que se efectuara a peticion del ejecutante en cualquier lugar en el que el ejecutado pudiera ser hallado. Por tanto, en este caso seria su lugar de trabajo.

    Si el ejecutante no dice nada, entiendo que el embargo se podria practicar con el hijo. Es mi modesta opinión.

    #298878
    Academia Opositas
    Participante

    Hola,

    En temas de ejecución el demandado puede ser requerido,a instancias del ejecutante, en su lugar de trabaja, aunque sea ocasional, lo que no sucede en otros procedimientos, por lo demas estoy con lo dicho con mis compañer@s,

    Un saludo

Viendo 5 entradas - de la 1 a la 5 (de un total de 5)
  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

APRUEBA TU OPOSICIÓN CON OPOSITAS

Abrir chat
1
💬 ¿Necesita ayuda?
Hola 👋
¿Puedo ayudarle?