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1 febrero, 2012 a las 9:19 am #314419
NoeliaCPParticipanteEl que detuviere a una persona ¿En cuanto tiempo debe ponerla en libertad o entregarla a la autoridad? El art. 496 dice que en 24 horas y el 520 dice que dentro de los plazos de la presente ley y en todo caso en 72 horas.
Por lo que lo general es 24 horas pero si nos ponen la coletilla de “y en todo caso” sera de 72?
Gracias 🙄
1 febrero, 2012 a las 11:58 am #314420
MYMParticipanteel art. 72 2. CE establece que “La detención preventiva no podrá durar más del tiempo estrictamente necesario para la realización de las averiguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos, y, en todo caso, en el plazo máximo de setenta y dos horas, el detenido deberá ser puesto en libertad o a disposición de la autoridad judicial”.
Por tanto, aunque el art. 496 LECR habla de 24 horas, yo creo que la regla general son 72 horas puesto que la CE prevalece sobre la LECR, no obstante, en el caso de que especifiquen que no es necesario practicar ningun tipo de diligencia, en ese caso si serían como máximo 24 horas.
1 febrero, 2012 a las 12:25 pm #314421
NoeliaCPParticipanteEs verdad,muchas gracias 😮
2 febrero, 2012 a las 11:18 pm #314422
franjocadoParticipantePor un lado esta la detencion de los art. 490 y 492 Lecrim cuya duracion es de 24h; por otro la detencion preventiva del art. 520 de la Lecrim q sera de 72h, recogida tb en el art. 17.2 de la CE, la cual puede llegar a prorrogarse x otras 48h en determinados casos
3 febrero, 2012 a las 10:03 am #314423
MYMParticipanteYo creo que es la misma, solo hay una y siempre es preventiva.
3 febrero, 2012 a las 12:09 pm #314424
franjocadoParticipantePuede parecerlo pero no lo es, ya que no tiene sentido que se regule la misma cosa en 3 articulos distintos, ademas la preventiva se adopta por el cuerpo y fuerzas de seguridad cuando haya indicios de poder obtener mas informacion del delito o detener a terceras personas.
3 febrero, 2012 a las 2:23 pm #314425
MYMParticipanteLa detencuion siempre es preventiva (otra cosa ya seria prision) y junto a la policia puede acordarla el juez y el fiscal.
3 febrero, 2012 a las 2:27 pm #314426
MYMParticipanteE incluso un particular puede detener, en cuyo caso el plazo si es siempre de 24 horas.
3 febrero, 2012 a las 4:15 pm #314427
franjocadoParticipanteTu misma me estas dando la razon, la detencion que puede hacer un particular o agente por 24h (art. 490 y 492), que puede elevarse hasta 72h convirtiendose en preventiva (520)
3 febrero, 2012 a las 4:58 pm #314428
MYMParticipanteSi, pero insisto en que solo hay una clase de detencion.
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