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Juzgados Centrales de los Penal

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #314003
    franjocado
    Participante

    Tengo una duda sobre la competencia objetiva de los Juzgados Centrales de lo Penal.

    Sabemos que los J. C. de Instrucción, instruyen de los delitos que conocerán J.C. de lo Penal y A.N.

    Ahora bien, los J.C. de lo Penal ¿de qué conocen? ¿de lo mismo que la A.N. pero para penas privativas de libertad < 5 años y otras penas < 10 años así como las faltas imputables a los responsables de dichos delitos?

    Saludos.

    #314004
    Epc00011
    Participante

    Si, te dejo el artículo. Art. 14.3 de la LECRIM:

    Para el conocimiento y fallo de las causas por delitos a los que la Ley señale pena privativa de libertad de duración no superior a cinco años o pena de multa cualquiera que sea su cuantía, o cualesquiera otras de distinta naturaleza, bien sean únicas, conjuntas o alternativas, siempre que la duración de éstas no exceda de diez años, así como por faltas, sean o no incidentales, imputables a los autores de estos delitos o a otras personas, cuando la comisión de la falta o su prueba estuviesen relacionadas con aquéllos, el Juez de lo Penal de la circunscripción donde el delito fue cometido, o el Juez de lo Penal correspondiente a la circunscripción del Juzgado de Violencia sobre la Mujer en su caso, o el Juez Central de lo Penal en el ámbito que le es propio, sin perjuicio de la competencia del Juez de Instrucción de Guardia del lugar de comisión del delito para dictar sentencia de conformidad, o del Juez de Violencia sobre la Mujer competente en su caso, en los términos establecidos en el artículo 801.

    Para los demás casos que excedan de esas penas sí que le corresponderá a la Sala de lo Penal de la AN.

    Saluditos.[/b]

    #314005
    Epc00011
    Participante

    Claro está dentro de su competencia que establece el art. 65 LOPJ.

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