Buenas tardes:
Tengo dudas con respecto a la duración máxima de la sanción de suspensión de empleo y sueldos por falta grave y muy grave en el tema 14:
Hay una modificación de 2015 de la LOPJ que habla de no superior a 3 años ni inferior a un año para la falta muy grave y no excederá del año para la grave. Sin embargo en el Reglamento nos habla de tres años y un día hasta 6 años para la muy grave y hasta 3 años para la grave.
En la tutoría que habéis colgado siempre hablan del 1 año y de 3 años, incluso cuando están hablando del reglamento.
A qué le hago caso?.