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7 septiembre, 2008 a las 7:53 pm #301774lourdesbuenoParticipante
Estoy hecha un lío con el tema de Penal, y ahora con los juicios rápidos.
A ver si alguien me puede echar una mano.– Uno de los requisitos para aplicar el procedimiento de los juicios rápidos es que se trate de delitos castigados con pena de privación de libertad no superior a 5 años, con lo cual siempre conocería el Juez de lo Penal.
– Por otro lado, puede que incluso no suba allí, ya que puede haber sentencia de conformidad en el Juzgado de guardia (creo que cuando no supere los 3 años)
– Pero, incluso puede que no haya habido sentencia de conformidad abajo y cuando subamos al Juzgado de lo Penal y se abra el juicio oral puede haberla, siempre que la conformidad sea con el escrito de acusación que contenga mayor pena y si ésta no excede de 6 años de prisión. Pero si son 6 años, romperíamos lo que hemos dicho en el primer punto ¿no?
¿Me podríais confirmar o no, y aclarar el último punto?
Gracias.
8 septiembre, 2008 a las 4:21 am #301775lourdesbuenoParticipanteUna cosilla más: ¿podéis aclararme el significado de esta frase?
“No vinculan al Juez o Tribunal las conformidades sobre la adopción de medidas protectoras en los casos de limitación de la responsabilidad penal”
¿Por qué habla siempre de Juez o Tribunal, y no sólo de Juez?
Gracias…
8 septiembre, 2008 a las 7:56 pm #301776AnónimoInvitadoEn cuanto al segundo de tus mensajes,, se refiere a Jueces yTribunales porque debemos entender que son materias comunes tanto para juzgados como Audiencias y Tribunales; igual sucede con las conformidades, que solo caben tanto en rapidos, abreviados como en juicios ordinarios penales en aquellos casos en que la pena privativa de libertad no supere los seis años.
La no vinculacion en casos de exencion de responsabilidad… se refiere a que aun cuando haya conformidad en la pena, si el organo judicial entiende que existen eximentes, deberá absolver sin estar sometido por aquella conformidad.
Saludos9 septiembre, 2008 a las 5:40 am #301777lourdesbuenoParticipanteNo lo entiendo Baldo. Si el requisito del primer guión de mi post es que se trate de delito que se castigue con pena de privación de libertad no superior a 5 años, ¿cómo puede la sentencia de conformidad superar esos años (hasta 6)?
9 septiembre, 2008 a las 6:02 am #301778lourdesbuenoParticipanteSupongo que, como tú dices, es algo general a los tres procedimientos y en este caso simplemente se tendrá que adaptar a los 5 años del primer guión ¿no?, quedando los 6 años de máximo para abreviado y ordinario.
Muchas gracias. Un saludito.
15 septiembre, 2008 a las 7:34 pm #301780franciscojoseParticipantesupongo que igual tiene que ver la pena que pide el mº fiscal en un caso y la que viene tipificada en otro caso.
15 septiembre, 2008 a las 10:08 pm #301781AnónimoInvitadoHola de nuevo; efectvamente Lourdes, atiende a que la pena máxima en los rápidos es de cinco años, además que es el límite máximo en penas privativas de libertad para los Juzgados de lo Penal.
Estás en lo cierto.
Saludos -
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