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En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

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  • #291676
    paco
    Participante

    Esta informacion la leo en [url=http://www.csi-csif.es/justicia]www.csi-csif.es/justicia[/url] .
    INTERINOS (Territorio Ministerio)
    Como consecuencia de la entrada en vigor de la Ley Orgánica
    19/2003, de 23 de diciembre de modificación de la Ley Orgánica 1/1985
    del Poder Judicial, el Ministerio de Justicia ha cursado a las Gerencias
    Territoriales a lo largo de los meses de enero y febrero del año en curso
    notas informativas dando instrucciones sobre los nombramientos de los
    funcionarios interinos de la Administración de Justicia. Cuando se
    produce vacante, las Gerencias Territoriales están nombrando a los
    funcionarios interinos que ostentan la titulación académica exigida para
    el acceso al correspondiente Cuerpo. En cuanto a los funcionarios que
    están en las Bolsas de trabajo y no posean la titulación exigida, no
    podrán ser nombrados funcionarios interinos y se incluirán en una
    relación aparte.
    Por ello, CSI-CSIF, ha preparado dos modelos de recursos para
    presentarlos ante las Gerencias Territoriales que corresponda. Uno para
    el caso de exclusión de la bolsa por carecer de la titulación exigida por la
    nueva Ley Orgánica del Poder Judicial y otro para el caso de haberse
    producido el cese del funcionario antes de haber transcurrido los 4 meses
    y carecer de la titulación exigida por la nueva L.O.P.J.
    Es decir, las Gerencias no están respetando el periodo de 18 meses
    establecido en la Disposición Transitoria decimotercera, por ello, el
    funcionario interino que se encuentra en cualquier de las situaciones
    descritas, podrá interponer el recurso ante la Gerencia Territorial.
    Tenemos a vuestra disposición en los locales sindicales los
    referidos modelos de recursos.
    Madrid, 6 de febrero de 2004
    ¡ SEGUIREMOS INFORMANDO ¡

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  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

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