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En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

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    Anónimo
    Invitado

    esto lo encuentro en la pagina de csif.
    MESA DE NEGOCIACIÓN EN EL Mº DE JUSTICIA (4-FEB-04)
    (Horario/Sábados/Otras cuestiones de interés…)
    SÁBADOS
    En el día de ayer mantuvimos una nueva reunión con los representantes del
    Ministerio de Justicia para tratar la materia referida a la problemática existente con
    relación al horario en el ámbito territorial competencia del Ministerio de Justicia,
    centrándonos en la necesidad de aclarar la duda sobre qué ocurre con los sábados.
    El planteamiento de la Administración ha sido el de mantener la situación actual
    y continuar acudiendo como hasta el momento a los centros de trabajo, comunicándonos
    que se encuentra pendiente de recibir un informe que ha solicitado al Consejo
    General del Poder Judicial para poder determinar que dependencias judiciales
    deben permanecer abiertas, planteando asimismo la necesidad de cumplir la tarea
    de facilitar información al ciudadano que acuda a las dependencias judiciales. Todo
    ello sin necesidad de modificar la Resolución de Jornada y horario del año 1.996,
    sino negociar el calendario laboral del presente año.
    En este debate, el Ministerio de Justicia mezcla las “churras con las merinas”,
    toda vez que unas veces habla de jornada y horario refiriéndose al territorio de su
    competencia y otras a todo el territorio nacional.
    Por C.S.I.-C.S.I.F. se le indico que según dispone el artículo 500 L.O.P.J. la
    competencia del Ministerio de Justicia es la de establecer la jornada general en
    computo anual, las compensaciones horarios y cómputos especiales “… cuando la
    atención de actuaciones procesales urgentes e inaplazables suponga un exceso de horas
    sobre la jornada a realizar”, que es distinto al establecimiento de horarios especiales,
    según dispone el punto 5 de este mismo articulo. Todo lo demás, corresponde a las
    CCAA con traspasos.
    C.S.I.-C.S.I.F. ante dichos planteamientos manifestó la necesidad de abrir la
    oportuna mesa de negociación para modificar la normativa del año 96 y adaptarla
    al nuevo contenido de la L.O.P.J., conforme a la cual los sábados deben ser
    declarados inhábiles a todos los efectos, conforme a lo establecido en el ámbito de la
    Administración General del Estado (salvo los supuestos de los servicios de guardia
    correspondientes). C.S.I.-C.S.I.F. insistió asimismo en su propuesta de la mesa
    anterior de reducción de la jornada a 35 horas semanales (de lunes a viernes) (a la
    que se han sumado Ccoo y Ugt) y la inhabilidad de los sábados a efectos laborales, así
    como la obligación de la Admón.. de respetar la legislación vigente en lo relativo al
    numero de horas máximo a realizar por trabajador en computo semanal y los descansos
    que sean de aplicación en los supuestos que procedan. C.S.I.-C.S.I.F. asimismo puso
    + Fernando el Santo 17, 2º ( 91/310-06-62 FAX 91/.702-29-35 : [url=mailto:justicia@csi-csif.es]justicia@csi-csif.es[/url]
    de manifiesto que en la legislación vigente en esta materia para la Administración
    General del Estado, se establece expresamente el MÁXIMO en la cifra de 37 horas y
    media semanales, por lo que nada se opone a que las horas de trabajo semanales sean
    menos de las establecidas, teniendo por tanto nuestra reivindicación total cobertura
    legal. Con respecto a las manifestaciones del Ministerio sobre la Resolución del 96, este
    Sindicato indico que la justificación de los sábados, según prevé expresamente dicha
    norma, reside en la practica de diligencias urgentes e inaplazables y esta justificación
    desaparece actualmente con la nueva L.O.P.J., por lo entendemos que no existe ningún
    motivo para mantener los Juzgados abiertos en este día. En todo caso, C.S.I.-C.S.I.F.
    manifestó que si la opinión del Ministerio es que dicha Resolución esta en vigor, en
    base al principio de seguridad jurídica, debiera dictar otra Resolución recogiendo solo lo
    que este en vigor y las materias competencia del mismo, haciendo desaparecer de dicha
    Resolución el resto del articulado.
    Asimismo, C.S.I.-C.S.I.F. puso de manifiesto que del contenido de los artículos
    454.4 y 234 de la nueva L.O.P.J. se desprende con claridad que las labores de
    facilitar información corresponden exclusivamente al Cuerpo de Secretarios
    Judiciales hasta tanto no se creen y doten de personal, con la implantación de las
    Relaciones de Puestos de Trabajo (RPT´s), las futuras “Oficinas de Atención al
    Ciudadano” en el ámbito de la Administración de Justicia.
    Después del amplio debate, el Ministerio de Justicia insiste en que este momento
    desde el punto de vista político para acceder a las peticiones sindicales y que podría
    abordarse el año que viene, estando dispuestos solo a analizar los Servicios que debieran
    estar abiertos, para lo cual debe esperar el informe del CGPJ y las propuestas sindicales.
    En el momento que el Ministerio tenga dicho informe convocara de nuevo a los
    Sindicatos para su estudio.
    A la vista del planteamiento mantenido por el Ministerio hasta el momento
    C.S.I.-C.S.I.F. no descarta adoptar las medidas que consideré necesarias para conseguir
    el cumplimiento del contenido de la L.O.P.J.
    OTRAS CUESTIONES DE INTERÉS
    Fuera del objeto principal de la reunión se insistió por las centrales sindicales
    presentes en la mesa en la necesidad de negociar y solucionar cuestiones pendientes
    muy importantes al día de hoy:
    + Fernando el Santo 17, 2º ( 91/310-06-62 FAX 91/.702-29-35 : [url=mailto:justicia@csi-csif.es]justicia@csi-csif.es[/url]
    RENOVACIÓN PROGRAMAS 2.004 TERRITORIO Mº
    En la próxima reunión del día 18 de nos dará traslado del texto definitivo,
    garantizando la consolidación de su importe en el futuro complemento específico y con
    pago mensual cuando los medios informáticos lo permitan, para proceder a su firma.
    BOLSA SECRETARIOS SUSTITUTOS
    La orden que regula el régimen de sustituciones de Secretarios Judiciales y las
    correspondientes convocatorias de bolsa de los Tribunales Superiores de Justicia, no
    contempla la posibilidad de participación del Cuerpo de Gestión, ni la reserva del
    puesto de trabajo a los funcionarios de dicho Cuerpo que participen en ella, lo que va a
    dar lugar a la interposición del correspondiente recurso en vía judicial por parte de
    C.S.I.-C.S.I.F.
    BOLSAS DE INTERINOS
    C.S.I.-C.S.I.F. tiene conocimiento del rechazo que ha sufrido la instrucción
    emitida por el Ministerio en numerosas CC AA y discrepa de la medida adoptada por el
    mismo de excluir a las personas que se encuentren en expectativa de nombramiento que
    no tengan la titulación necesaria, debiendo respetarse el plazo de 18 meses establecido
    en la Disposición Transitoria Decimotercera de la L.O.P.J. o hasta tanto se implanten las
    nuevas RPT´s en el ámbito de la Administración de Justicia.
    REGISTROS CIVILES
    El Ministerio parece haber recibido la contestación a la consulta formulada a la
    Dirección General de Registros y del Notariado y próximamente nos trasladará su
    contenido.
    REAL DECRETO DE RETRIBUCIONES
    Tras el informe del Consejo General del Poder Judicial, se encuentra pendiente
    del informe del Consejo de Estado, sin concretarse fecha de aprobación por el Consejo
    de Ministros.
    + Fernando el Santo 17, 2º ( 91/310-06-62 FAX 91/.702-29-35 : [url=mailto:justicia@csi-csif.es]justicia@csi-csif.es[/url]
    OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO
    C.S.I.-C.S.I.F. ha tenido conocimiento del contenido del Real Decreto que
    regula la Oferta de Empleo Público del año 2.004 en lo referido a los Cuerpos al
    Servicio de la Administración de Justicia (ver cuadro adjunto). Las plazas que se van a
    ofertar no se han negociado con las Centrales Sindicales y resultan ridículas por lo
    escasas que son si tenemos en cuenta el elevado número de empleos eventuales que
    existen en el ámbito de la Administración de Justicia. Para C.S.I.-C.S.I.F. no es de
    recibo la explicación del Ministerio de que habrá que esperar a la reordenación de
    efectivos que va a requerir la modificación de la futura oficina judicial, con la
    implantación de las R.P.T.´s, para saber cuales van a ser las necesidades reales de
    personal en el ámbito de la Administración de Justicia.
    Total
    hasta…
    Territorio Ministerio Comunidades
    Transferidas
    Cuerpo Superior Jurídico de Secretarios
    Judiciales 30 30 –
    Cuerpo de Médico Forenses 52 5 47
    Cuerpo de Facultativos de I.N. de
    Toxicología 95 95 –
    Cuerpo técnicos Especialistas del I.N. de
    Toxicología 25 25 –
    Cuerpo de Ayudantes de Laboratorio del
    I.N. de Toxicología
    75 75 –
    Cuerpo de Gestión Procesal 171 20 151
    Cuerpo de Tramitación 404 100 304
    Cuerpo de Auxilio 279 229 50
    CALENDARIO TRABAJO DESARROLLO REGLAMENTOS
    El Ministerio está comenzando a crear sus equipos de trabajo internos y todavía
    no puede facilitar fechas de comienzo de su negociación.
    SEGUIREMOS INFORMANDO

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