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En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 6 entradas - de la 1 a la 6 (de un total de 6)
  • Autor
    Entradas
  • #301474
    lourdesbueno
    Participante

    Hola!!!
    Tengo un par de dudas con la ejecución de bienes hipotecados o pignorados.

    El art. 682 LEC hace referencia a la hipoteca de establecimientos mercantiles ¿Se refiere a la hipoteca del negocio que tengo montado en un local y no a la hipoteca del inmueble?

    El mismo artículo dice que cuando la ejecución se dirige exclusivamente sobre bienes hipotecados en garantía de la deuda, el precio que se hizo constar en la escritura de hipoteca es el que sirve de base para la subasta. En este caso, ¿el perito no puede valorar el bien? Sería algo injusto, porque el precio que consta en la escritura va a ser siempre inferior al precio que tiene el inmueble actualmente en el mercado.

    Un saludo

    #301475
    lourdesbueno
    Participante

    Otra cosilla:

    en ejecución provisional no cabe declinatoria, en definitiva sí; supongo que en este último caso, sí cabe porque la ejecución se puede basar también en títulos extrajudiciales, ya que si no fuera por esto no tendría sentido, ¿no?

    #301476
    Anónimo
    Invitado

    Efectivamente la hipoteca de establecimientos mercantiles es la que tu indicas.

    En la ejecución hipotecaria no se valoran los bienes en “sede” judicial, sino que previamente las partes han hecho la valoración en la escritura de constitución de la hipoteca. Es una de las especifidades de este procedimiento y las partes han “valorado” de mutuo acuerdo, aunque sabemos que normalmente será el perito del acreedor quien dé valor (reglas de mercado).

    En cuanto a la declinatoria, estás en lo cierto.
    Saludos.

    #301477
    lourdesbueno
    Participante

    ok, muchas gracias, Baldo…

    #301478
    gestion
    Participante

    La ejecucion es una parte muy importante para las opos de justicia, asi es que no debeis descuidarla y ademas es complicada por lo que es necesario darle muchas vueltas, es lo mejor y muchos tests de ella tambien, para ver todo lo que te puedan preguntar.

    #301479
    loles
    Participante

    Hola
    no entiendo muy bien la segunda pregunta que plantea Lourdes sobre la declinatoria en la ejecucion provisional y la definitiva, me lo podrias explicar por favor?
    Por que no cabe declinatoria en la provisional y si en la definitiva?

    Muchas gracias

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