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En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 5 entradas - de la 1 a la 5 (de un total de 5)
  • Autor
    Entradas
  • #297791
    ybarra
    Participante

    las funciones del magistrado ponente son muy distintas segun las describa la LOPJ (205) o la LEC (181).
    Respecto al interrogatorio de las partes en tribunales colegiados, este debe presenciarse por todos los magistrados (137 LEC) o solo por el magistrado ponente segun se podria desprender de la LOPJ?
    Gracias

    #297792
    Anónimo
    Invitado

    Hola Ybarra, en primer lugar agradecer tu exposición en el foro de las dudas que se te plantean respecto a la preparación de oposiciones.

    Estas cuestiones, que pueden tener diferentes respuestas al estar consideradas de forma diferente en las Leyes, son las que nos pueden hacer dudar el día del examen.

    Intentaremos resolverlas, en las medidas de nuestras posibilidades.

    Efectivamente la L.O. 6/85 del Poder Judicial y la ley 1/2000 de enjuiciamiento civil disponen de forma diferente las funciones del Magistrado Ponente. Al respecto aun siendo cierto que la 6/85 tiene ranto de orgánica, también es cierto que no todos sus preceptos tienen ese carácter. Por tanto al ser la 1/2.000 de carácter posterior entiendo /humildemente/ que debe prevalecer lo dispuesto en la Civil.

    Más aún teniendo en cuenta que cuando se dictó la Orgánica del Poder Judicial estaba vigente la Ley de Enjuiciamiento Civil de 1.881 y como sabemos las pruebas se desarrollaban de forma diferente a la que posteriormente instaura la de 2.000, donde se prevé que se realicen a través del juicio o vista que debe ser presidente por el Juez, Magistrado o Magistrados correspondientes.

    De esta forma entiendo que para la práctica de estas pruebas habrian de estar presentes todos los Magistrados.

    Todo ello, queda a expensas de mejores opiniones al respecto.

    Saludos y gracias por tu confianza.

    #297793
    Academia Opositas
    Participante

    El 205 posibilita el examen del interogatorio por el Ponente…para posteriormente informar sobre su pertinencia al; que a tenor del art 229 de la Lopj, en su apartado 2º, “Las declaraciones,interrogatorios, testimonios, careos, exploraciones, informes, ratificación de los periciales y vistas, se llevarán a efecto [b]ante juez o tribunal[/b]…”

    #297794
    ybarra
    Participante

    OK, GRACIAS A TODOS

    #297795
    Academia Opositas
    Participante

    según mi experiencia en el examen se especifica a que ley refieren la pregunta, dirían algo así como según la LOPJ cuales son funciones del magistrado ponente, o según la LEC cuales son las funciones del mismo. de esta forma se evitan problemas.

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