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Formacion de autos y expedientes.

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
  • Autor
    Entradas
  • #304439
    andrea1974
    Participante

    Buenas tardes, mi duda es sobre a quien le corresponde la formacion de autos y expedientes, al secretario judicial, o al tramitador. En la LOPJ, dice en el artículo 454.1 al secretario, y en el 477 c) al tramitador. gracias

    #304440
    Eulalia
    Participante

    La verdad es que es un poco lioso,yo creo que le corresponde al secretario supervisar esta formación de autos y expedientes y el que la realiza materialmente es el tramitador, pero a ver si alguien nos lo aclara un poquito mejor…

    #304441
    desjas
    Participante

    Hola, pues si, el secretario forma los autos y expediente, dejando constancia de las resoluciones que dicten los jueces y magistrados y el de tramitación esta dentro de sus funciones la de formación de autos y expediente bajo la supervisión dl superior jerárquico (SECRETARIo) ,

    Pienso igual que Eulalia

    #304442
    andrea1974
    Participante

    …y si en el examen nos dan las dos opciones, (ya sabemos la mala idea a la hora de preguntar), quien formara los autos y expedientes, el secretario o el tramitador? cual sería la mas correcta de las dos?

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