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En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #313854
    mariquer69
    Participante

    En un proceso en el que se soliciten alimentos
    debidos por disposición legal o por otro título, a la
    demanda hay que acompañar necesariamente los
    documentos que justifiquen cumplidamente el título en
    cuya virtud se piden. Cuando no se presenten estos
    documentos:

    a. La demanda será inadmitida por decreto del
    secretario.
    b. La demanda será inadmitida por auto del
    juez o magistrado.
    c. La demanda será desestimada por sentencia.
    d. La demanda será desestimada por auto.
    Respuesta B
    😳

    #313855
    Anónimo
    Invitado

    Así es mariquer
    Despues de la modificacion de la LEC, el SEcretarió será quien admita y si hubiera motivos de inadmisión, será el Tribunal

    Saludos

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  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

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