-
AutorEntradas
-
20 febrero, 2010 a las 3:39 pm #307155
Academia OpositasParticipanteBuenas tardes:
En la siguiente pregunta que dice: (habla del recurso de apelación)
Si el apelante no presenta el escrito formalizando el recurso dentro del plazo de —– supondrá:
A) treinta días, tener por desistido el recurso
b) treinta días, tener por desierto el recurso
c) veinte días tener por desierto el recurso
d) ninguna respuesta es ciertaLa respuesta que da el test como válida es la D, pero Marey y yo creemos que según el art. 458 LEC es la C
un saludo
Piedi
20 febrero, 2010 a las 4:36 pm #307156
angeles115ParticipanteHola Mayte y Piedi
Totalmente de acuerdo con vosotras. El mismo test en la hoja de respuestas indica el art. 458 LEC.El art. 458.1 LEC remite al artículo anterior, y en el 457.3 LEC se fija el plazo de VEINTE DÍAS para interponer el recurso.
-ART. 457.3 LEC: “Si la resolución impugnada fuera apelable y el recurso se hubiere preparado dentro de plazo, el Secretario judicial tendrá por preparado el recurso y emplazará a la parte recurrente por [u][color=darkred]veinte días [/color]para que lo interponga[/u], conforme a lo dispuesto en los artículos 458 y siguientes”.
-Artículo 458 LEC
1.[color=red] Dentro del plazo establecido en el artículo anterior[/color], el apelante habrá de interponer la apelación ante el tribunal que hubiere dictado la resolución recurrida. Tal apelación deberá realizarse por medio de escrito en el que se expondrán las alegaciones en que se base la impugnación.
2. [u][color=blue]Si el apelante no presentare el escrito de interposición dentro de plazo[/color][/u], el Secretario judicial declarará [b]desierto[/b] el recurso de apelación y quedará firme la resolución recurrida.En mi opinión [color=darkblue]”escrito formalizando recurso de apelación”[/color] es igual a [color=blue]”escrito de interposición de recurso de apelación”, [/color]por lo que la correcta sería la C).
*[u][b]EJEMPLO: STC 023/2009[/b][/u]
1.(…) La Sentencia recurrida desestimó el [b]recurso de apelación [/b]deducido por XXX, al[u] estimar que en realidad [color=darkblue]no había formalizado[/color] el correspondiente recurso[/u], pues el [color=blue]escrito de interposición [/color]que obraba en las actuaciones aparecía interpuesto por la misma procuradora actuante, pero no en nombre de XXX sino del YYY, el cual no era parte en el proceso.Saludos,
21 febrero, 2010 a las 11:44 am #307157
AnónimoInvitadoEfectivamente es así, como indicais.
El hecho de estas erratas es debido, como podeis comprender, a la cantidad de preguntas que venimos realizando y por error involuntario se trastocan las respuestas.
En cualquier caso, y haciendo uso de los “dictados procesales”, estos errores mecanográficos son aclarables en cualquier momento, sin sujeción a plazo.
Esta interactuación que nos permite [url=http://www.opositas.com]www.opositas.com[/url] nos deja solucionarPor otro lado, como sabeis estamos reeditando las unidades didácticas y vamos a volver a filtrar todos los tests. En breve tendreis la unidad 3 actualizada.
Saludos y gracias por vuestra confianza.
-
AutorEntradas
- El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.
