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Foros OPOSITAS

ERRATA EN TEMA 1 CE (ART 22.4 CE)

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #333256
    FRR
    Participante

    Buenas tardes a tod@s!

    Salvo error por mi parte, he observado al leer el TEMA 1 CE que nos aparece en el Temario una errata en su Art 22.4, cuando dice que las asociaciones sólo podrán ser disueltas o suspendidas en sus actividades en virtud de “resolución motivada”, cuando debe decir “resolución JUDICIAL motivada”. Lo comento para que lo revisen y en su caso corrijan al objeto de evitar malentendidos y en beneficio de tod@s. Saludos

    #333257
    TUTORA Maria R.
    Participante

    Buenos días FRR,
    Efectivamente, nos hemos “comido” la palabra JUDICIAL.
    Gracias por avisarnos de ese detalle.

    Lo modificaremos a la mayor brevedad.

    #333258

    Buenas tardes.

    Ya está disponible el tema 1 con esa anotación añadida en la página 9, concretamente en el artículo 22.4 de la Constitución Española.

    Un saludo, gracias por vuestras aportaciones.

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  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

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