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En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #293285
    Academia Opositas
    Participante

    A lo mejor os parece una tontería, pero me surge la duda. Embargo de un bien y traba del mismo, según lo que dice la LEC, se deben entender como una misma cosa, no?
    Gracias.

    #293286
    manolo9
    Participante

    Hola.
    Te copio definiciones de traba y embargo.

    Traba: 9. tr. Der. Embargar o retener bienes o derechos.

    Embargar: 3. tr. Der. Retener, en virtud de mandamiento judicial, un bien que queda sujeto a las resultas de un procedimiento o juicio.

    Son definiciones de la Academia de la Lengua. Por lo tanto, yo entiendo que son lo mismo aunque si hay algún matiz que lo diferencia esperemos que alguien nos lo resuelva. En todo caso, convendría subir traba al diccionario de opositas.

    Saludos.

    #293287
    Academia Opositas
    Participante

    Muchas gracias Manolo, pensaba lo mismo, pero siempre viene bien una explicación más tecnica, a veces me monto unos líos…..
    Saluditos.

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