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ejecucion civil

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 6 entradas - de la 1 a la 6 (de un total de 6)
  • Autor
    Entradas
  • #319855
    gabrie
    Participante

    Buenos dias a todos.
    Alguien me puede explicar el apartado 3 del artículo 659 cuando dice:
    “Cuando los titulares de derechos inscritos con posterioridad al gravamen que se ejecuta satisfagan antes del remate el importe del crédito, intereses y costas, dentro del límite de responsabilidad que resulte del Registro, quedarán subrogados en los derechos del actor hasta donde alcance el importe satisfecho.”

    Gracias por vuestra ayuda. un saludo

    #319856
    Anónimo
    Invitado

    Vamos a intentarlo, Gabrie

    Imagina que el ACREEDOR A, tramita una ejecución contra el DEUDOR D.

    Una vez que A embargó bienes de D, se presenta nueva demanda ejecutiva por el ACREEDOR B que embarga el mismo bien (por tanto realiza un reembarco)

    Imaginemos que A inicia el apremio; sabemos que B solo cobrará si existiera sobrante. Entonces el acreedor B decide abonar a “A” la cantidad que este como primer embargante reclama y en ese caso B se pone en “primer lugar” de forma que podrá sacar a subasta el bien en situación “preferente”.

    Espero haberlo expuesto claramente con el ejemplo que decidí usar

    Ya me dices

    Saludos de Baldo Gallego

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    #319857
    albalapg
    Participante

    Un bien es embargado por dos acreedores, por lo cual el primer acreedor que embargó el bien se coloca en primer lugar para obtener el dinero que reclama. Los acreedores posteriores se colocan debajo y cobrarán en caso de que exista sobrante.

    En el ejemplo que ha puesto bg, entiendo que para que el acreedor posterior se pueda colocar el primero debe satisfacer al acreedor preferente la suma de dinero que reclame.

    ¿Es así?

    #319858
    gabrie
    Participante

    Gracias bg, está claro. un saludo y felices fiestas
    albalápg, si es así, gracias y felices fiestas

    #319859
    LN30
    Participante

    Gracias Baldo por contestar,has respondido claramente. Creo que es un articulo importante y dificil a la vez, yo tampoco lo entendia. Felices fiestas a ti y a todos. Saludos

    #319860
    LN30
    Participante

    Gracias también albalapag por contestar. Saludos

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