Según el artículo 553.2:
” El auto que despache ejecución, con copia de la demanda ejecutiva, será notificado al ejecutado sin citación ni emplazamiento, para que en [u]cualquier momento pueda personarse en la ejecución, entendiéndose con él, en tal caso, las ulteriores actuaciones”
Si tenemos un plazo de 10 días desde el siguiente a la notificación del auto de despacho de ejecución para formular oposición, y el ejecutado se presenta a los 12 días, ¿ya no se podría oponer y simplemente seguirían las actuaciones posteriores?
gracias