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Dudas Test Laboral 3-2005

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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  • #294979
    Academia Opositas
    Participante

    7. En la demanda de un proceso ordinario, el demandante no deberá designar:
    a) Su nº del DNI.
    b) El nº del DNI y el domicilio de todos aquellos interesados que deban ser llamados al proceso.
    c) Las pruebas que se soliciten como previas al juicio.
    d) La súplica.

    De acuerdo con que la respuesta verdadera es la c), pero según el art. 80 LPL, ¿no podría ser también la b)?

    Y es que (según mi opinión), del art. 80 LPL, ¿no se desprende que el nº del DNI sólo hay que expresarlo en relación con el demandante?

    13. ¿Cuántos días tiene el Juez o Tribunal para señalar el día en que hayan de tener lugar los actos de conciliación y juicio?

    Creo que ninguna respuesta es la correcta.
    ¿No sería la a), pero en los 10 días siguientes a la presentación de la demanda?

    18. ¿Cuál de las siguientes circunstancias no es cierta respecto a la suspensión de los actos de conciliación y juicio?
    a) Sólo podrá acordarse por una vez por motivos justificados.
    b) Se señalará nuevamente dentro de los 10 días siguientes.
    c) Sólo se acordará si se solicita a petición de ambas partes.
    d) Antes de decretar la suspensión, se pasarán por 3 días al MF para acreditar dichos motivos de suspensión.

    De acuerdo con que la respuesta que no es cierta es la d), pero en mi opinión, la a) y la c) también son incorrectas, debido a que dicen “sólo”.

    Y es que según el art. 83 LPJ, “Sólo a petición de ambas partes [b]o [/b]por motivos justificados, podrán suspenderse los actos de conciliación y juicio”.

    ¿Lo he entendido bien o no es así?

    #294980
    Academia Opositas
    Participante

    Hola Jesús.

    A decir verdad en la pregunta 7 …. Leyendo el artículo 80 entiendo que el demandante deberá presentar … al momento de presentar escrito de demanda;
    – sus nombres y apellidos.
    – su DNI.
    – Aquellos otros interesados que deban ser llamados al proceso.
    – sus domicilios (tanto demandante como demandados)

    Creo que si quisiera demandar a alguien por temas laborales … ¿tendría que preguntarle su DNI para poder presentar la demanda???? … bueno … no lo se … igual sí … esperemos a ver que nos dicen otros.

    Pregunta 13 … según el artículo 82 dice que “El Juez o Tribunal dentro de los 10 días siguientes al de su presentación, señalará el día y hora en que hayan de tener lugar los actos de conciliación y juicio …”

    Siento no poder ayudarte con más.

    Salu2 y ánimo.

    #294981
    mamenv
    Participante

    Hola a los dos.

    Respecto a la pregunta 18, la respuesta correcta es la D, la A y C son válidas porque lo que se ha hecho en el test es separar las dos primeras opciones que te da el art. 83:

    – “Sólo a petición de ambas partes”, es la 1ª opción.
    – “Sólo por motivos justificados”, es la 2ª posibilidad que te da el art. que puedes hacer.

    Supongo que el 2º sólo[/b]se sobreentiende, espero haberme explicado.

    Un saludo

    #294982
    Academia Opositas
    Participante

    Hola a todos:
    Jesuslopez, efectivamente en las dos primeras preguntas (en la 7 y en la 13) hay dos pequeños lapsus al redactarlas (nuestras disculpas) que ya estamos solucionando.
    Respecto a la pregunta 18, como bien indica mamenv, creemos que está bien redactada, puesto que el concepto “sólo” se puede permitir dado que ambas respuestas están juntas y no nos excluye a la respuesta correcta (la D).
    Un saludo 😉

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