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DUDAS TEST CHAT 13 DE JUNIO, Y MÁS

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 8 entradas - de la 1 a la 8 (de un total de 8)
  • Autor
    Entradas
  • #311568
    MYM
    Participante

    Paso a exponer mis dudas respecto a unas pregutnas del test que hicimos el pasado día 13 de junio:

    Respecto a la pregunta 18 “Por regla general, en la ejecución forzosa de títulos extrajudiciales, qué juez es competente para el conocimiento del asunto?

    Si la respuesta correcta es la B: “el del domicilio del demandado, o aquel donde desarrolle su actividad empresarial o profesional”, en base a qué art. es? Yo habia puesto la A, el domicilio del demandado sin más.

    Pregunta 24: “Contra el auto que resuelva la oposición podrá interponese: respuesta A: recurso de apelación …..
    De qué oposiciòn estamos hablando ordinaria o provisional?

    Pregunta 32:

    En caso de acordarse la celebración de vista para resolver la oposición de fondo, se acordará mediante: Respuesta A: Diligencia de ordenación.

    No obstante, según el art. 560 es providencia, o puede ser que esté equivocada y se refiera a otro artículo.

    Por otra parte, repasando temas anteriores hay algunas cosas que no acabo de tener claras:

    En los actos de comunicación, qué diferencia hay entre entrega mediante copia literal de la resolución y entrega de cédula, de hecho, qué es cédula??

    Por otra parte, una vez comentamos que el Fiscal solo intervenía en los casos de demandas de revisión de sentencias firmas ni de rescisión, no obstante, acabo de ver que en el tema 18 (de gestión) entre las funciones del fiscal se refiere a su intervención en ambos casos ???¿¿¿¿¿.

    Por último, respecto a la enervación del desahucio, la notificación del arrendador al arrendatario para que page es con 1 mes de antelación o con 2 meses?

    Gracias por adelantado, a quien tenga un rato y me conteste, en especial a Baldo claro.

    #311569
    pakitoway
    Participante

    Hola MYM, intentaré responder a las dudas que tienes que en algunos casos tambien son las mias. Sería bueno que si me equivoco alguien me haría la corrección.

    1.- Segun los artículos 545.3 y 50 ya que dice por regla general, entiendo que sería la respuesta más completa.

    2.-El art. 561.3, ya que en la provisional, art. 530.4, no cabe recurso, ni contra la oposición ni las medidas ejecutivas concretas. De todas las maneras en el enunciado de la pregunta lo especificaría, creo yo.

    3.-Segun el artículo que citas efectivamente sería mediante providencia, en este caso el Secretario fija fecha y hora.

    En cuanto a los actos de comunicación mira el art. 161 de la LEC.

    En cuanto a la enervación del desahucio mira el art. 22.4 te dice 1 mes.

    Espero haberte ayudado en algo, Si me equivoco, por favor corregirme. Un saludo y ánimo a td@s.

    #311570
    MYM
    Participante

    Gracias Pakitoguay, por supuesto que me has ayudado.

    Sólo aclaramé por favor, entonces, en la pregunta 1, qué entiendes por más correcta? el domicilio del demandado (sin más) como yo?

    Y respecto de la oposición a la ejecución, es que la pregunta no especifica si hablamos de ejecución ordinaria o provisional.

    #311571
    isidrojuarez
    Participante

    Estoy de acuerdo con Mym en las preguntas 18 y 32.

    #311572
    isidrojuarez
    Participante

    Estoy de acuerdo con Mym en las preguntas 18 y 32.

    #311573
    pakitoway
    Participante

    Hola MYM, ISIDRO, en cuanto a la pregunta 18, segun el art. 545.3 y el 50 debería de ser la A, ya que si seguimos leyendo el artículo tambien podría ser la C. Creo que teneis razón y debería ser la A.

    Lo de la ejecución sigo diciendo que si en la texto de la pregunta no me dice si es provisional, entiendo que es ordinaria. Además por las respuestas de la pregunta la oposición ordimaria es la respuesta más completa, ya que la provisional simplemente dice “ningun recurso”, pero no especifica si es dineraria o no, ya que si es dineraria no puede oponerse a la ejecución sino a las medidas ejecutivas concretas del procedimiento de apremio.

    En la preguenta 32 yo creo que no hay duda, es mediante providencia. El secretario señalará la fecha y hora, pero quien decide es el tribunal.

    Esta es mi opinión, si estoy equivocado me gustaría saberlo. Un saludo a tod@s

    #311574
    pakitoway
    Participante

    Hola MYM, ISIDRO, en cuanto a la pregunta 18, segun el art. 545.3 y el 50 debería de ser la A, ya que si seguimos leyendo el artículo tambien podría ser la C. Creo que teneis razón y debería ser la A.

    Lo de la ejecución sigo diciendo que si en la texto de la pregunta no me dice si es provisional, entiendo que es ordinaria. Además por las respuestas de la pregunta la oposición ordimaria es la respuesta más completa, ya que la provisional simplemente dice “ningun recurso”, pero no especifica si es dineraria o no, ya que si es dineraria no puede oponerse a la ejecución sino a las medidas ejecutivas concretas del procedimiento de apremio.

    En la preguenta 32 yo creo que no hay duda, es mediante providencia. El secretario señalará la fecha y hora, pero quien decide es el tribunal.

    Esta es mi opinión, si estoy equivocado me gustaría saberlo. Un saludo a tod@s

    #311575
    Anónimo
    Invitado

    Me encanta leer vuestras dudas y comentarios a los tests que realizamos, lo que demuestra un estudio concienzudo que estoy convencido mejorará vuestra preparación.

    Veamos;

    En cuanto a la pregunta 18 hemos tenido en cuenta, además de los preceptos que indicais, el art. 51 de la Ley 1/2.000 de Enjuiciamiento Civil.

    Respecto a la pregunta 32, es cierto que hemos “jugado” con la semántica.
    No cabe duda que será el Juez quien determine si hay o no hay vista; pero en caso de decidir que la hubiere, será el Secretario (diligencia de ordenación) quien la señale.

    El concepto está aprendido y eso es lo importante

    Gracias por vuestra continua aportación y adelante con el estudio

    Saludos.

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