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Dudas Tema 17 de Tramitación.

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Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #312285
    Adriano
    Participante

    Se me plantean un par de dudas viendo el tema 17 de Tramitación:

    1ª.- Tenemos el primer párrafo del art. 957 de la LEC de 1881 que dice:

    “Para la citación de la parte a quien deba oírse, según el artículo anterior, se librará certificación a la[u][i] Audiencia [/i][/u]en cuyo territorio esté domiciliada”.

    Considerando el año en que se redactó este precepto, ¿a qué Audiencia se refiere?. ¿Audiencia Provincial?. ¿O, en este caso, Audiencia es sinónimo de Tribunal o Juzgado?,

    2ª.- En la parte final del art. 540.3 se nos dice:

    “…,[u][i]el Tribunal decidirá [/i][/u]lo que proceda sobre la sucesión a los solos efectos del despacho de la ejecución”.

    Esta decisión del Tribunal entiendo que será mediante Providencia, ya que no se especifica que la misma haya de ser motivada. Rogaría confirmación al respecto.

    Gracias y un saludo.

    #312286
    camaji
    Participante

    Hola Adriano

    En relación a la primera pregunta, creo que Audiencia es sinónimo de juzgado o tribunal.

    Y respecto a la segunda pregunta, creo que el Juez tendría que resolver mediante Auto, ya que se trata de identificar a los sucesores para instar la ejecución, entonces según el artículo 206 LEC creo que podría tratarse de una cuestión incidental y resolver por auto.

    Saludos.

    #312287
    Adriano
    Participante

    Gracias camaji por tu colaboración. Supongo que llevas razón si consideramos la cuestión como incidental. Pero si observamos la definición que se hace en ese mismo artículo (206 LEC) de Providencia, en un momento dado también la podríamos considerar:

    “Se dictará providencia cuando la resolución se refiera a cuestiones procesales que [u][i]requieran una decisión judicial [/i][/u]por así establecerlo la Ley, siempre que en tales casos [u][i]no exigiera expresamente la forma de auto.[/i][/u]”.

    A ver si conseguimos más pronunciamientos y despejamos totalmente la duda.

    Gracias y saludos.

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