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DUDAS SUPUESTO PRÁCTICO NÚM. 7 TRAMITACIÓN

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Viendo 8 entradas - de la 1 a la 8 (de un total de 8)
  • Autor
    Entradas
  • #321962
    LN30
    Participante

    Buenas noches, haciendo este supuesto práctico me han surgido dos dudas que me han desubicado bastante. La primera es la pregunta número 1., en ella se plantea sobre cuándo se practicará el acto de conciliación y la respuesta válida es A LA MAYOR BREVEDAD, y mi pregunta es: ¿no existe un plazo concreto para practicar el acto de conciliación?. No lo entiendo.

    La segunda duda es la pregunta 15, en ella se plantea qué en el caso de celebrarse subasta qué bien se embargará en primer lugar. Las respuestas posibles son:
    a) El dinero en metálico
    b) Apartamento en Motril
    c)Las participaciones sociales
    d)El sueldo de 1.000 euros mensuales.

    El supuesto da como correcta la b) pero yo entiendo que es la c) o sea las participaciones sociales, porque según el orden de embargos del 592 de la LEC, lo primero que se embargaría serían las participaciones sociales. ¿Qué pensais?. A ver si alguien pudiera aclarme estas respuestas que me dejan un poco desubicada. Gracias. Saludos.

    #321963
    aliche74
    Participante

    Hola Ln30
    En cuanto a tu segunda duda la respuesta que tú dices no puede ser puesto que la realización forzosa de las particiones sociales se realiza en la forma establecida en el art 635 Lec. Sin embargo la forma de realización del apartamento de Motril es a través de la subasta siempre que su realización no tenga lugar por persona especializada o por convenio entre acreedor y deudor. Art 636.
    En cuanto a tu primera duda pienso que estás en lo cierto. A ver que dice baldo. Saludos

    #321964
    LN30
    Participante

    Gracias Aliche por contestar, pero entonces porqué las participaciones sociales están dentro del orden de embargo del 592 LEC?, no lo entiendo entonces. Saludos.

    #321965
    LN30
    Participante

    Leeyendo detenidamente el supuesto, entiendo que puede ser que en primer lugar se embargue el apartamento de Motril, o sea, se dé preferencia a él porque el precio del apartamento supera sin problemas la cantidad presupuestada para la ejecución y sin embargo las participaciones sociales no la superan. A ver si Baldo puede aclarar este punto porque es complicado. No lo termino de comprender ni de ver. Saludos.

    #321966
    LN30
    Participante

    Buenas noches, subo otra vez este post con el fin de que alguien me pueda explicar porqué es la b y no la c). No ubico bien las participaciones sociales del articulo 592 LEC, respecto de las participaciones sociales del artículo 635 como bien me ha explicado Alicia. Gracias. Saludos.

    #321967
    ceg
    Participante

    Buenas noches.
    Veamos. La pregunta del acto de conciliación está claramente basada en la anterior ley que regula el conciliación. Como bien sabeis estamos actualizando todo el material y pronto estará actualizado este documento también

    En cuanto a la pregunta 15, habría que tener cuidado con la redacción. Elena, la pregunta dice… “en caso de haber subasta….” [b][u]se procedería en primer lugar sobre[/u][/b]: y en ese caso, lo que sale a subasta es el bien inmueble ya que las participaciones sociales no se venden en subasta sino a través de otros procedimientos también establecidos en la LEC (date cuenta que no dice se embargará en primer lugar,,, sino se procederá en primer lugar). Ayssssss.

    Cuestionas la razón por la que, en cambio, está en el art. 592. Todos los bienes susceptibles de ser embargados deben estar listados en dicho precepto legal y por tanto también las participaciones, pero estas no salen a subasta lo mismo que no sale a subasta el sueldo, los intereses, las rentas… y en cambio también están listados en el art. 592 de la LEC

    Para terminar, habreis de cuidar muchisimo si nos preguntan el bien que embargo o el bien que sale a subasta y a ello se ha dedicado la pregunta en cuestión

    Saludos, sigamos

    #321968
    LN30
    Participante

    Buenas tardes Baldo, gracias por contestar, ya veo la diferencia. No entendía lo de “proceder”. Con lo cual en base a tu explicación, si el supuesto se planteara como “qué bien se EMBARGARÁ en primer lugar”, sin hacer mención a que hubiera subasta, en este caso en primer lugar se embargaría el dinero en metálico salvo que hubiera acuerdo entre las partes claro está. Estoy en lo cierto no?. Saludos.

    #321969
    ceg
    Participante

    Si Elena, estás en lo cierto

    Te ruego, por favor, que tengamos cuidado en la lectura de las preguntas, porque se nos escapan detalles que son muy importantes en los exámenes

    Saludos

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