Buenas tardes, tengo un duda respecto a la intervención en los delitos privados del Ministerio Fiscal. ¿Debe intervenir obligatoriamente cuando haya menores o incapacitados en estos delitos? ¿Puede intervenir en otros supuestos en el caso de delitos privados?
Por otra parte me gustaría saber si se puede recusar a los peritos propuestos por las partes en el orden penal.