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En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
  • Autor
    Entradas
  • #315206
    lulu03
    Participante

    Tengo duda en la pregunta 35:

    El derecho de petición:

    a) podrá ser ejercitado de forma individual en determinados casos

    b) no podrá ser ejercitado colectivamente

    c) deberá ser ejercitado por escrito, siempre

    d) ninguna respuesta es correcta

    Pienso que podría ser la c), pero da como correcta la b). En el art. 29 CE, dice que “1. Todos los españoles tendrán el derecho de petición individual y colectiva por escrito, en la forma y con los efectos que determine la Ley.”

    ¿Cuál sería la mejor respuesta?

    #315207
    pakitoway
    Participante

    Hola lulu03, yo tambien creo que estás en lo cierto, la constitución dice que se podrán hacer de forma individual y “colectivo.” y por “escrito”.

    #315208
    camaji
    Participante

    Hola a todos.

    Sí, aunque se de como correcta la b, creo que la solución correcta sería la c, ya que el derecho de petición ya sea de forma individual o colectiva se realizará siempre por escrito, según el art. 29 CE.

    #315209
    J2C2
    Participante

    Buenas tardes.

    La respuesta que argumentáis es cierta, como bien decís. Fue un error al transcribir la respuesta en el chat. El derecho de petición puede ejercerse tanto individual como colectivamente, pero siempre por escrito.

    Un saludo a todos. Muchas gracias por vuestra colaboración.

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