fbpx

Foros OPOSITAS

dudas de ejecucion segundo de auxilio

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 1 entrada (de un total de 1)
  • Autor
    Entradas
  • #303966
    beabril
    Participante

    Bueno a la expectativa del corte de primer exámen hay que seguir estudiando por si acaso..
    MIS DUDAS..
    1.- La cuantia máxima para embargar en c/c , la establece el tribunal por auto, pero es ¿ a instancia del ejecutante?
    2.- En cuanto a embargar ordenadores…se embargan solo cuando sea para uso personal?.. porque si son para uso laboral se consideraria instrumento de trabajo?
    3.- Las diferencias entre el grupo 4 y 5 del 592LEC , es que las rentas del apartado 4 son en dinero y las del 5 en especie?
    4.- Segun el Código Civil las rentas y pensiones sean vitalicias o hereditarias tienen la consideración de cosas muebles,entonces si nos hablan de pensiones las embargariamos como bien mueble o como sueldos y salarios esto en cuanto a pensiones… y en cuanto a rentas como rentas en dinero o como bien mueble..
    GRACIAS ❓

Viendo 1 entrada (de un total de 1)
  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

APRUEBA TU OPOSICIÓN CON OPOSITAS

Abrir chat
1
💬 ¿Necesita ayuda?
Hola 👋
¿Puedo ayudarle?