Hola Necheco
Entendamos la expresión “sin levantar mano”, como aquella que se refiere a la no necesidad de trámite especial así como sin intervención (en este caso) de persona alguna diferente al Juez.
Respecto a la “responsabilidad penal de menores, hemos de tener claro que la legislación ha sufrido modificaciones (como bien sabes) desde 1882 hasta ahora. Por tanto sabemos que hasta 14 años no hay responsabilidad penal; a partir de 14 hasta 18 se aplicará la ley de responsabilidad de menores y a partir de 18 el Código Penal. Entiendo que debemos responder en base a dichos preceptos
Según el Ministerio de Justicia, el indulto «es una medida de gracia, de carácter excepcional, consistente en la remisión total o parcial de las penas de los condenados por sentencia firme, que otorga el Rey, a propuesta del Ministro de Justicia, previa deliberación del Consejo de Ministros».1
El “derecho de gracia”, también conocido como indulto, es una renuncia al ejercicio del poder punitivo del Estado, fundada en razones de equidad, oportunidad o conveniencia pública
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Saludos