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DUDAS AL RELLENAR INSTANCIA JUSTICIA

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 10 entradas - de la 1 a la 10 (de un total de 10)
  • Autor
    Entradas
  • #297011
    Academia Opositas
    Participante

    Hola a todos:
    dada la gran cantidad de dudas rebidas vía mail por nuestros alumnos referentes a cómo rellenar las instancias, os ofrecemos la posibilidad de ir haciéndolas todas a través de este foro, más concretamente en este mismo mensaje os podremos ir ayudando con todas ellas.
    De esta forma os servirá a todos los opositores de ayuda.
    Gracias por vuestra colaboración.

    #297012
    Academia Opositas
    Participante

    Inauguro el bloque de dudas y respuestas con un mail recibido por uno de nuestro alumnos que nos pregunta:

    >Hola, desearia saber qué documentacion debo de presentar para
    >tramitación y auxilio respectivamente, asi como donde obtener la
    >solicitud para rellenar y donde presentar todo, tambien desearia
    >saber como realizar el pago de las tasas.Gracias

    Y nuestra respuesta es la siguiente:

    – sobre la documentación a presentar sólo tienes que presentar el famoso “Modelo 790” pero una vez hayas pagado las tasas. En la misma instancia te aparecerán grabados los datos oportunos del banco. En el caso de que no vayas a pagar tasas por estar inscrito en el INEM o participes por el turno de discapacitados deberás presentar más documentación en base a lo expuesto en la convocatoria. El resto de la documentación (fotocopia del DNI, titulación, informe médico, etc) sólo se lo piden a los opositores aprobados.

    – la instancia la puedes recoger en el Ministerio de Justicia, en cualquier Tribunal Superior de Justicia, en las Audiencias Provinciales o en las Gerencias Territoriales de Justicia, en los órganos competentes de las Comunidades Autónomas que convoquen plazas, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas y en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno. Luego es muy probable que se repartan a más sitios como el resto de juzgados.

    – respecto a dónde presentarlo, puedes hacerlo en cualquiera de los sitios que se indican en 38.4 de la Ley 30/92 (según expone el apartado octavo.2.c de las Bases Comunes que puedes descargarte en la zona de Descargas Públicas / Documentos Varios / Administración de Justicia)

    – el pago de las tasas lo podrás realizar en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidad colaboradora en la recaudación tributaria (por ejemplo, BBVA, CCM, BSCH, etc). Ante la duda, acércate a cualquiera de ellos y los propios empleados te dirán si allí puedes pagar las tasas o no.

    Esperamos que os sea de utilidad.
    Un saludo.

    #297013
    Academia Opositas
    Participante

    Hola, quienes estemos inscritos en el inem como demandantes de empleo, sabeis qué es exactamente lo que tiene que indicar la certificación, sólo que estás inscrito como demandante o también como pone en las bases comunes que no has rechazado ningún curso etc… y también hay que presentar en todo caso la declaración jurada de que no percibes renta alguna? y algo más. Gracias.

    #297014
    mamenv
    Participante

    Hola neredu, yo he presentado tanto la declaracion jurada como el certificado del inem acreditando que llevo mas de un mes apuntada y que no he rechazado ningun curso u oferta de trabajo, creo que eso es todo lo que tenemos que aportar los opositores que no estamos trabajando.

    #297016
    mmendez
    Participante

    Hola mamenv, ¿podrías poner el texto de la declaración jurada que has presentado para poder tomarlo de modelo? Gracias.

    #297017
    Academia Opositas
    Participante

    Os indicamos una nueva duda recibida por mail:

    —————

    En la Instancia dice:

    “LOS ASPIRANTES DE TURNO LIBRE QUE CONCURRAN POR ÁMBITO TERRITORIAL CON LENGUA AUTÓNOMICA PROPIA Y DESEEN QUE LES SEA VALORADO SU CONOCIMIENTO, ADJUNTARÁN EL DOCUMENTO ACREDITATIVO, SEGÚN LAS BASES.”

    En la página 34069 del BOE del viernes 29 de Septiembre de 2006 anexo I-C Punto 1 párrafo segundo:

    “… La evaluación consistirá, en la acreditación del conocimiento de la lengua oficial de dicha Comunidad, mediante las certificaciones que hayan presentado junto con la instancia de participación o por la realización de una prueba de nivel de conocimientos.”

    La duda viene porque tanto en las Bases Comunes como en otros apartados de la convocatoria, se dice que la lengua oficial de una Comunidad Autónoma diferente del castellano deberá documentarse una vez superada la fase de oposición y en un plazo de 20 días posterior a la lista definitiva de aprobados.

    ¿Debo adjuntar fotocopia del título de catalán de la Generalitat junto con la instancia, por si acaso?

    ¿O lo que me parece una incongruencia, no es tal?

    ———

    NUESTRA RESPUESTA

    Ahora mismo, para presentar la instancia no tienes que justificar nada referente a la lengua. Sólo indicar en la instancia si vas a justificar tu dominio de la lengua a través de documentación o prefieres realizar un examen. Una vez consigas superar los exámenes de la fase de oposición podrás enviar todos los documentos de la fase de concurso así como los de la lengua autonómica.

    ———
    Esperamos que os sean de utilidad.

    #297019
    makuka
    Participante

    Hola! pues yo tengo la duda de que hay que poner en una casilla que hay al lado de la de pureba optativa de lengua, pone PRUEBA OPTATIVA DE DERECHO CIVIL ESPECIAL, DOCUMENTA, REALIZAsupongo que hay que dejarlo en blanco que esta casilla será para otros cuerpos no???. Gracias

    #297021
    PABLO-M
    Participante

    EN APARTADO 3 DEL PUNTO 5.3 DE LA CONVOCATORIA DEL CUERPO DE TRAMITACIÓN, DESPUÉS DE HABLARTE DE LAS LENGUAS OFICIALES, AL FINAL DICE “DEL MISMO MODO SE PROCEDERÁ EN SU CASO, RESPECTO DEL CONOCIMIENTO DEL DERECHO CIVIL ESPECIAL O FORAL DEL PAÍS VASCO”. CON ESE TEXTO HE INTERPRETADO QUE SI NO TE PRESENTAS AL PAÍS VASCO NO TIENES QUE INDICAR NADA, Y EN MI CASO AL PRESENTAR LA SOLICITUD ASÍ LO HE HECHO. AUNQUE SUPONGO QUE SERÍA MEJOR COTEJARLO CON MÁS OPINIONES.

    #297022
    Academia Opositas
    Participante

    Pablo-M, estás en lo cierto. El derecho civil foral es exclusivo para dicha CCAA por lo que en el caso de que no te presentes en la misma… habrá que dejarla en blanco.
    Un saludo

    #297023
    makuka
    Participante

    ahhh muchas gracias, es totalmente lógico, además ahora si que lo he visto en la Orden….

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