Hola,
Pues la priemra pregunta yo diria la B) el tribunal calificador, mira los articulos 487 de LOPJ y el art 12 del Reglamento de ingreso
Y en relación a la pregunta 2, yo pondría la B) el secretario, según el art 454.2 dice “ejercerán las competencias de organización, gestión, inspección y direccióndel personal en aspectos técnico procesales” o el art 457 “dirigiran en el aspecto tecnico-procesal el personal integrangte de la oficina judicial, ordenando su actividad e impartiendo ordenes e instrucciones”
Esperemos que opinan el resto de compis