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En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 7 entradas - de la 1 a la 7 (de un total de 7)
  • Autor
    Entradas
  • #297645
    mariquer69
    Participante

    hola que tal la navidad, turrón, villancicos y todas esas consas… espero ue bien. Yo estoy repasando unos temas y tal.
    Tengo una duda a una pregunta es la siguiente:
    Las trabajadoras que se vean obligadas a abandona definitivamente su puesto de trabajo como consecuencia de ser víctimas de violencia de género:
    a)Se encontrarán en situación legal de desempleo.
    b)Se encontrarán en situación legal de expectativa de destino.
    c)Se encontrarán en situación legal de excedencia forzosa.
    d) Se encontrarán en situación de despido

    otra cosa, en lo referente a la violencia de género, en que art y que ley se encuentra exactamente:” Durante los dos primeros meses de esta excedencia (violencia de género) percibirán las retribuciones íntegras, y en su caso, las prestaciones familiares por hijo a cargo.

    #297646
    bely79
    Participante

    HOLA EN CONTESTACION A TU PREGUNTA DECIRTE QUE LA CONTESTACION A TU PREGUNTA ESTA EN EL ART.21 DE LA LORG.1/2004 DE 28 DE DIC. ES LA A) CON RELACION A LO DE LAS RETRIBUCIONES LA VERDAD ES QUE YO NO HE ENCONTRADO NADA DE ESO. ANIMO

    #297647
    Academia Opositas
    Participante

    Hola mariquer, tal solo una pregunta,

    las dudas que comentas, a que cuerpo se refieren, en auxilio y tramitación no encuentro estos temas, es posible..

    Un abrazo.

    #297648
    mariquer69
    Participante

    hola otxandio, me refiero al tema 2 auxilio judicial. chao un saludo. 🙂

    #297649
    Academia Opositas
    Participante

    Pues por conclusión del art 63 del R. Ingreso, será la B.

    #297650
    Academia Opositas
    Participante

    Lo segundo lo puedes encontrar en el Boe de 16 de diciembre de 2005, en disposiciones generales, ministerio de administraciones públicas:Orden APU/3902/2005, de 15 de diciembre, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de la Mesa General de Negociación por el que se establecen medidas retributivas y para la mejora de las condiciones de trabajo y la profesionalización de los empleados públicos. aptdo. 5.b.

    #297651
    mariquer69
    Participante

    efectivamente¡ yupi, por fin… es que no estaba seguro si eso era válido. gracias huevayoker, bueno y a los demás también. a Todos¡ 😀 chao

Viendo 7 entradas - de la 1 a la 7 (de un total de 7)
  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

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