Buenas tardes, Ruwilma:
Este tipo de preguntas son las que nos hacen fijarnos en los pequeños detalles, que luego son decisivos en el examen.
El test da como respuesta la a), por ello, no se puede disolver el Senado cuando esté en trámite una moción de censura. Ni el Senado, ni el Congreso tampoco, a tenor de lo que nos dice el artículo 115 de la CE.
Sin embargo, si son declarados alguno de los estados del artículo 116, es decir, alarma, excepción o sitio, la CE nos dice en el apartado 5 de dicho artículo que “no podrá procederse a la disolución del Congreso…”. No menciona para nada al Senado, ni a ambas Cortes, por tanto hay que entenderlo así, en dichos estados no se podría disolver el Congreso, pero el Senado sí.
Un saludo