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Duda test LOPJ 5-2004 (Secretarios Judiciales)

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #293407
    Academia Opositas
    Participante

    Hola a todo el mundo. Me surge una duda en la pregunta nº 2 del test LOPJ 5-2004. La transcribo a continuación:

    Corresponde al Secretario Coordinador:

    a) La incoación de expedientes disciplinarios.
    b) Resolver las sustituciones de los Secretarios de su ámbito.
    c) El control y seguimiento estadístico.
    d) Todas son ciertas.

    La duda es la siguiente: Además de la respuesta b), ¿no podría ser válida también la respuesta a)?

    Lo digo porque según el art. 469, los Secretarios Coordinadores Provinciales son competentes para la incoación de expedientes disciplinarios.

    #293408
    Academia Opositas
    Participante

    Hola Jesuslopez23:
    tienes toda la razón, nos han quedado dos respuestas válidas. Si al menos fueran tres se daría como válida la D, pero se ha quedado una pregunta rara.
    Perdona la equivocación. 😳 😉 😀

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  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

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