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Duda Test Civil 6 (ejecución arts 517 a 570)

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  • #328854
    luciags
    Participante

    Buenas tardes,

    en la pregunta 18 me surge la siguiente duda. Yo había marcado como correcta la A, reviso el art 50 y veo que también podrán ser demandados donde desarrollen su actividad empresarial. Es correcta la B ¿Cómo deduzco esto si el enunciado de la pregunta no dice que sea un litigio derivado de su actividad? Al especificar como regla general, pensé que sólo sería el domicilio del demandado.

    18. Por regla general, en la ejecución forzosa de títulos extrajudiciales, ¿qué
    Juez es competente para el conocimiento del asunto?
    a) el del domicilio del demandado
    b) el del domicilio del demandado o el de donde desarrolle su actividad empresarial o
    profesional
    c) el del lugar donde se encuentren los bienes que puedan ser embargados
    d) el del domicilio del demandante

    Disculpad si es una pregunta muy tonta,

    Saludos!

    #328855
    Ana-Maria
    Participante

    Buenas tardes, luciags.

    Según el [b]art 545.3[/b] de la LEC:
    [i][color=orange]
    3. Para la ejecución fundada en títulos distintos de los expresados en los apartados anteriores, será competente el Juzgado de Primera Instancia del lugar que corresponda con arreglo a lo dispuesto en los artículos [u][b]50 y 51[/b][/u] de esta Ley. La ejecución podrá instarse [u]también,[/u] a elección del ejecutante, [u]ante el Juzgado de Primera Instancia del lugar de cumplimiento de la obligación[/u], según el título, [u]o ante el de cualquier lugar en que se encuentren bienes del ejecutado que puedan ser embargados[/u], sin que sean aplicables, en ningún caso, las reglas sobre sumisión expresa o tácita contenidas en la sección 2.a del capítulo II del Título II del Libro I.[/color][/i]

    Esto quiere decir que para la ejecución forzosa de títulos extrajudiciales, el Juez para el conocimiento del asunto, será, según:

    – art. 50.- Fuero general de las personas físicas.
    – art. 51.- Fuero general de las personas jurídicas y de los entes sin personalidad.
    – también a elección del ejecutante, ante el Juzgado de Primera Instancia del lugar de cumplimiento de la obligación

    En los art. 50 y 51 se señala tanto el [u]domicilio del demandado[/u], en el caso del [b]art. 50.1[/b] y los empresarios y profesionales, en los litigios derivados de su actividad empresarial o profesional, también podrán ser demandados[u] en el lugar donde se desarrolle dicha actividad[/u], en el [b]50.3[/b]

    Tanto el [u][b]50 como el 51, son las fueros generales[/b][/u], la competencia territorial en [b]casos especiales se detallan en el art. 52[/b]

    Por tanto en la opción b) creemos que además de dar la opción del domicilio del demandado en caso de fuero de personas físicas, también señala la competencia para el caso de empresariales o profesionales; de ahí que consideremos la respuesta más completa y correcta.

    Espero haberte ayudado.

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