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En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
  • Autor
    Entradas
  • #294359
    Academia Opositas
    Participante

    28. Se despachará ejecución:

    a) de títulos al portador por la cantidad de 300 euros.

    b) de resoluciones judiciales firmes de hace más de 4 años.

    d) a y b son correctas.

    Dais como correcta la b). ¿No sería correcta también la a), y por lo tanto la respuesta correcta la d)?.

    Muchas gracias.

    #294360
    Academia Opositas
    Participante

    Hola Luque:
    el motivo por el cual la respuesta A no es correcta es porque la ley indica que la cantidad determinada tiene que exceder de 300 euros y en este caso… no se excede, se queda justo en los 300 euros por lo que no se podría despachar ejecución.
    Un saludo

    #294361
    Anónimo
    Invitado

    Hola Luque; si miras con detenimiento el art. 517 en su punto 6º, verás que los títulos al portador, por sí solos, no son considerados títulos ejecutivos, faltando en la respuesta a) contenido para poder ser considerada una opción válida.
    Por tanto, mantenemos b.
    Saludos.

    #294362
    Academia Opositas
    Participante

    Muchas gracias a los dos 🙂 .

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