Buenos dias, en la pregunta 33 del test de Actuaciones Judiciales, hace mencion a la LEC art.134 Improrrogabilidad de los plazos.
Para que se pueda prorrogar un plazo conforme a las leues procesales es necesario:
a)que exista causa de fuerza mayor que habra de decidir el juez o presidente.
b)que exista causa de fuerza mayor que habra de decidir el secretario.
c)las dos respuestas anteriores son ciertas.
d)ninguna respuesta es cierta.
La solucion indica ser la d)
Pero en el art.134 indica que …
Podrán, no obstante, interrumpirse los plazos y demorarse los términos en caso de fuerza mayor que impida cumplirlos, reanudándose su cómputo en el momento en que hubiera cesado la causa determinante de la interrupción o demora. La concurrencia de fuerza mayor habrá de ser apreciada por el Secretario judicial mediante decreto, de oficio o a instancia de la parte que la sufrió, con audiencia de las demás. Contra este decreto podrá interponerse recurso de revisión que producirá efectos suspensivos.
Por lo que entiendo que tendria que ser la respuesta b)
Me podriais indicar porque es la respuesta d?
Gracias y un saludo