Buenas tardes,
En primer lugar, pido disculpas porque esta mañana plantee una duda que tenía del [u]tema 5[/u] en un foro que no correspondía y la verdad es que ahora no sé como borrarlo. La plateo por aquí a ver si alguien me la podría resolver
Mi duda esta relacionada com las páginas 33 y 34, relativas al nombramiento del Presidente de la la Comisión. En las citadas páginas se establece lo siguiente:
“El Consejo Europeo propondrá al Parlamento Europeo, por mayoría cualificada, un candidato al cargo de Presidente de la Comisión.
El Parlamento Europeo elegirá al candidato por mayoría de los miembros que lo componen. Si el candidato no obtiene la mayoría necesaria; el Consejo Europeo propondrá en el plazo de un mes, por mayoría cualificada , un nuevo candidato, que será elegido por el Parlamento Europeo por el mismo procedimiento (lo nombra el Consejo)”.
Entiendo entonces que [u]propone[/u] candidato el Consejo Europeo, [u]elige[/u] el Parlamento y [u]nombra[/u] el Consejo DE LA UNIÓN EUROPEA, ¿o hay un error en lo transcrito y quien nombra es el Consejo EUROPEO?