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En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 8 entradas - de la 1 a la 8 (de un total de 8)
  • Autor
    Entradas
  • #299340
    jlsm
    Participante

    A ver quién puede responder a estas preguntas, que no me quedaron claras:

    Quién podrá intervenir en las actuaciones que se practiquen para el cumplimiento de un exhorto?
    A) Sólo las partes.
    B) Los Procuradores de las partes, exclusivamente
    C) Los Abogados de las partes.
    D) Ninguna respuesta es correcta.

    Deberá acusar recibo el órgano exhortado cuando el despacho tenga portador?

    A) Si
    B) No
    C) Si, si así lo pide el órgano exhortante.
    D) Si, si así lo considra el órgano exhortado.

    Gracias

    #299341
    engruna
    Participante

    [size=150:1x62svb7][color=black]Yo la primera pregunta responderia la letra d) ya que las partes, abogados y procuradores pueden intervenir.
    En la segunda responderia la a) ya que independientemente que el exhorto se diligencia a traves del procurador o litigante se acusa recibo del mismo[/color][/size]

    #299342
    Academia Opositas
    Participante

    C en la primera, porque sobra el Sólo en la A, el exclusivamene en la B, y el artículo 174.1 LEC te lo dice.

    Y en la segunda la A, pero ahora no encuentro el artículo. 😕

    #299343
    Academia Opositas
    Participante

    Hola,

    Yo soy exactamente de la misma opinion que engruna, ademas una de estas preguntas cayo en el segundo de auxilio, que por cierto conteste mal.

    Hasta pronto

    #299344
    jlsm
    Participante

    El libro de test donde las saqué me da para la 1ª la C y para la 2ª la B

    SALUDOS

    #299345
    Academia Opositas
    Participante

    No entiendo porque decis que la D en la primera, si decia que los abogados podrán intervenir, la correcta es la C, porque pueden intervenir los procuradores, las partes y los abogados de las partes… copio el artículo:

    Artículo 174. Intervención de las partes.

    1. Las partes y sus abogados y procuradores podrán intervenir en las actuaciones que se practiquen para el cumplimiento del exhorto.

    No obstante, las resoluciones que se dicten para el cumplimiento del exhorto sólo se notificarán a las partes que hubiesen designado procurador para intervenir en su tramitación.

    2. Si no se hubiera designado procurador, no se harán a las partes otras notificaciones que las que exija el cumplimiento del exhorto, cuando éste prevenga que se practique alguna actuación con citación, intervención o concurrencia de las partes, y las que sean precisas para requerir de éstas que proporcionen datos o noticias que puedan facilitar aquel cumplimiento.

    En cuanto a la segunda, creo que tu libro debe estar correcto porque no veo lo del acuse de recibo, debo de haberlo confundido con otra actuación en que sí que habrá acuse, pero eso está en el artículo 172, y no dice nada de acusar de recibo…

    #299346
    Academia Opositas
    Participante

    Ya lo he encontrado… el acuse de recibo es en la LECR. En el art 189.

    Venga, un saludo a todos!

    #299347
    Anónimo
    Invitado

    Creemos que la respuesta ofrecida por Petal es correcta acerca de la pregunta inicial del post-
    Saludos

Viendo 8 entradas - de la 1 a la 8 (de un total de 8)
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