Foros OPOSITAS

Duda tema 25

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #324961
    Academia Opositas
    Participante

    Hola! En el punto 7.2 Aclaración,corrección,subsanarían y complemento de sentencias y autos hay un párrafo que dice ” Si se trata de sentencias o autos que hubieren omitido manifiestamente pronunciamientos relativos a pretensiones oportunamente deducidas y sustanciadas en el proceso, el Tribunal, a solicitud escrita de parte…”
    A que se refiere con pretensiones oportunamente deducidas y sustanciadas….

    Muchas gracias!

    #324962
    pilarricky
    Participante

    Hola pgj008:

    En los procesos civiles, cuando se inicia un proceso se “pretende” algo del tribunal, que puede ser por ejemplo que se le reconozca un derecho, o que se condene a una persona al pago de una deuda, etc.

    Entonces, sobre las pretensiones que las partes aleguen en el proceso el tribunal tiene que pronunciarse. Si miras el art 209 de la LEC, sobre cómo tiene que ser el contenido de las sentencias, verás que tienen que recoger tanto las pretensiones de las partes, como los pronunciamientos sobre cada una de ellas (tanto si se desestiman como si no). Los pronunciamientos serían lo que el juez decide respecto a cada una de esas pretensiones.

    Por tanto, si en una sentencia o auto o decreto se omitiese un pronunciamiento sobre alguna pretensión sobre la cual se hubiese tratado en el proceso, las partes tendrían derecho a solicitar que se completase (o el tribunal lo podría hacer de oficio si advirtiese la omisión).

    Espero haberte ayudado.

    Un saludo

    #324963
    Academia Opositas
    Participante

    Súper claro,ahora si.Muchas gracias!

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

APRUEBA TU OPOSICIÓN CON OPOSITAS