Buenas tardes, Beagoba90.
Así es, la aclaración de la resolución judicial:
– [b]puede llevarse a cabo[/b] de oficio, dentro de los 2 días hábiles siguientes al de la publicación de la resolución,
– o puede ser solicitada a petición de parte o del Ministerio Fiscal, en este caso se formula dentro de los 2 días hábiles siguientes al de la publicación de la resolución, y es resuelta por el mismo juez o tribunal, dentro de los 3 días siguientes al de la presentación del escrito solicitando la aclaración.
Y ninguna molestia es responder a una duda, todo lo contrario! Un saludo y mucho ánimo con el estudio!